Economía

Toque de atención a la Junta por su decreto de viviendas de uso turístico

La Consejería de Cultura y Turismo rechaza los cambios que exige competencia por entender que «respeta la libre competencia» y no restringe las posibilidades de desarrollo de la actividad

La Junta de Castilla y León aprobó el pasado febrero el decreto que regula las viviendas de uso turístico F. HERAS

H. D.

La Consejería de Cultura y Turismo rechazó ayer el requerimiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) horas después de que este organismo instara al Gobierno regional a «suprimir o modificar» diversos artículos del decreto por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad de Castilla y León. La Junta considera que «no procede» la derogación de los artículos citados al asegurar que, al contrario de lo que señala la entidad , «garantizan la habitabilidad del inmueble, la seguridad jurídica, la profesionalidad del titular, los derechos y garantías de los usuarios, la diversidad de la oferta de alojamiento y la calidad del servicio».

La CNMC, por su parte, que anunciará que recurrir este decreto ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León si no se modifica, denuncia que la normativa incluye párrafos que «restringen la competencia y perjudican a los usuarios» y llega a afirmar que la norma «favorece injustificadamente a las empresas ya instaladas y es contraria a la normativa nacional y de la Unión Europea». Ante las acusaciones, fuentes de la Consejería insistieron en que «se respeta la libre competencia y no se imponen exigencias a los operadores que impidan la posibilidad de desarrollo de la actividad turística, ya que esos preceptos son proporcionales con la regulación de todos los alojamientos del sector turístico».

El órgano entiende que la Junta debería cambiar también el artículo donde se exige que tengan un distintivo y asistencia telefónica 24 horas, así como la prohibición de la cesión por habitaciones y no cree que esté «adecuadamente justificado» que la estancia no pueda superar los dos meses.

Competencia recuerda en su comunicado que está «legitimada» para impugnar este tipo de normativa y advierte que en Madrid el TSJ ha estimado su recurso, mientras que su homólogo en Canarias ha anulado recientemente las principales restricciones a la competencia que contenía su respectiva norma. Asimismo, ha requerido mejoras al decreto promovido por la Xunta de Galicia.

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