El Supremo ratifica la prisión permanente revisable para el asesino de la niña Sara

Mantiene para su madre una condena de doce años y once meses de prisión por no evitar unos malos tratos a la pequeña a manos del su pareja, que «no podía ignorar»

Los dos condenados durante el juicio junto a sus abogados POOL

M. Gajate

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de prisión permanente revisable para el autor material de la muerte de la niña Sara , que falleció en agosto de 2017 en Valladolid a causa de una brutal paliza a manos de quien era la pareja de su madre, también condenada por asesinato por omisión al no haber tomado «ninguna medida para evitar» unos malos tratos a su hija que se remontaban semanas atrás y de los que alertó su pediatra. En su caso, se imponen doce años y once meses de cárcel

El Alto Tribunal ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que confirmaba la prisión permanente revisable para él y que rebajó entonces la pena para la progenitora de Sara en quince años por haberse contemplado inicialmente el agravante de que la pequeña era menor de edad dos veces, reduciéndose un grado la pena por asesinato.

El fallo considera probado que el 2 de agosto de 2017, Roberto H. H. «a sabiendas de que podía matar a Sara la golpeó en distintas ocasiones , impactando la cabeza de la misma contra una superficie plana», agarrándola del cuello y causándole heridas «por todo el cuerpo, pies y arrancamiento de uñas», actos motivados «por odio y xenofobia». El padre de Sara es rumano.

Como consecuencia de dicha agresión, la pequeña comenzó a tener graves problemas cardio-respiratorios, llamando su verdugo al 112 e indicando que «había encontrado a la niña en la cama muy blanca y sin respirar». La pequeña estaba en parada cardiorrespiratoria cuando los sanitarios llegaron, y, aunque consiguieron recuperarla, moriría al día siguiente. La autopsia determinó también lesiones en sus genitales. Le considera por ello culpable de delitos de asesinato a una menor de edad, agresión sexual, malos tratos con lesión y maltrato habitual, que implican la prisión permanente revisable .

La madre, Davinia M. G., no estaba en casa en el momento de los hechos que ocasionaron la muerte de la menor, sí su hermana mayor, adolescente, que dijo no haber presenciado los hechos. Pese a su ausencia en el momento de la agresión mortal, el fallo estima, como ya lo hicieran las sentencias anteriores , que es autora por omisión del asesinato en base a anteriores malos tratos a la pequeña por parte de Roberto. Tras uno de esos episodios, acudió al pediatra con la pequeña y éste alertó de las heridas a los servicios sociales, que iniciaron una investigación en la que no colaboró la condenada. Primero, alegando que su expareja y padre de la niña las maltrataba -estaba fuera del país en el momento de los hechos-; después, evitando su encuentro con las trabajadoras de los servicios de protección a la infancia; y, en todo caso, «manteniendo en su domicilio a Roberto». «No podía ignorar que Sara estaba siendo maltratada por su pareja», sentencia el fallo, que mantiene la retirada de la patria potestad de su hija mayor , al cuidado de una tía.

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