Absuelven a De la Riva por el caso de las «comfort letter» tras dos años de «calvario»
La Audiencia de Valladolid considera que no hubo dolo ni intencionalidad, pero sí imprudencia
Absuelto por los delitos de falsedad documental y prevaricación administrativa. Ése es el fallo de la sentencia emitida ayer por la Audiencia de Valladolid sobre el caso de las conocidas como «comfort letter», en el que se acusaba al exalcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva junto a otros dos exconcejales, que también fueron hallados inocentes. El exregidor, que aseguró en el juicio haber vivido un «calvario» por este caso denunciado por el actual equipo de Gobierno en 2016, se enfrentaba a la petición por parte de la Fiscalía de nueve años de prisión y 33 de inhabilitación por los citados delitos al firmar tres cartas de conformidad -«comfort letter»-.
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Y es que, según las acusaciones, dichos documentos constituían una garantía del Ayuntamiento para hacer frente a 100 de los 400 millones del crédito suscrito por la Sociedad Valladolid Alta Velocidad con un grupo de bancos para la operación del soterramiento en la ciudad y el exalcalde plasmó su firma sin seguir los trámites requeridos.
«Negligencia grave»
Una vez celebrado el juicio, a principios de este mes, y revisadas todas las pruebas, el tribunal considera que no hubo el «dolo falsario» que caracteriza al delito de falsedad documental que se le imputaba a De la Riva por parte del ministerio público y la acusación particular, ejercida en el caso por el Ayuntamiento de Valladolid. Así, los magistrados no consideran «probado, con el rigor que es preciso en esta vía penal, que el acusado al firmar dichos documentos tuviera la intencionalidad de alterar el tráfico jurídico, de trastocar de forma consciente y maliciosa la verdad para inducir a error a los demás implicados en el documento».
Lo que sí estima el tribunal es que «más bien» existió «una negligencia grave» por parte de De la Riva, en el sentido de que «no se cercioró, pudiendo y debiendo hacerlo, de la trascendencia» que suponía el firmar aquellos escritos. De esta forma, prosigue la sentencia, podrían tenerse en cuenta los hechos como falsedad documental por «imprudencia grave», pero se da la circunstancia de que dicho delito ya ha prescrito.
En el análisis de si existió prevaricación administrativa, los miembros del tribunal no encuentran «elementos probatorios» de que la actuación del exalcalde y los otros dos acusados «estuviera movida por un interés de perjudicar al Ayuntamiento o de beneficiar a alguien».
Además, el fallo, que no es firme, recoge que «no consta que se haya producido perjuicio evaluable económicamente al Ayuntamiento», tal y como reconoció el actual alcalde de Valladolid, Óscar Puente, durante su intervención en la vista oral como testigo.
No obstante, la sentencia sí incluye un reproche para el principal acusado, el de no seguir el procedimiento legal para la firma de las cartas. «Estimamos que actuó de forma claramente negligente, con alto grado de ligereza y despreocupación, pero no apreciamos datos que revelen una intención torticera de perjudicar deliberadamente al Ayuntamiento», concluye el fallo. El Consistorio solicitaba para Francisco Javier León de la Riva, que durante el juicio defendió en todo momento que no sabía que lo que firmaba tuviera una trascendencia económica, tres años de prisión y nueve de inhabilitación.
Exediles
Acerca de los otros dos acusados, que fueron también consejeros de la Sociedad Valladolid Alta Velocidad, los magistrados estiman que sólo podrían haber sido inductores o cooperadores necesarios y, si no se aprecia delito en el caso del exalcalde, tampoco podría hacerse en el caso de Alfredo Blanco y Manuel Sánchez, que se enfrentaban a la peticiones de 24 años de inhabilitación, por parte de la Fiscalía, y siete, según la solicitud del Ayuntamiento.