¿Qué se puede hacer y qué no a partir de este domingo en Ávila, Segovia y Palencia?

Las tres provincias recuperan hoy restricciones adicionales tras aumentar la incidencia de casos de Covid

La hostelería sólo podrá abrir para el consumo en terrazas y servir para llevar ICAL

M. G.

El pasado jueves el Consejo de Gobierno, tras escuchar al comité de expertos, decidió pasar a toda la Comunidad a fase 4 de alerta y adoptar una serie de medidas adicionales para tres provincias que «preocupaban» en especial al haber aumentado su incidencia acumulada de casos de Covid. Ávila, Segovia y Palencia recuperan hoy restricciones ya asumidas en noviembre durante la segunda ola , que afectan fundamentalmente al comercio, la actividad deportiva y la hostelería. El vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, ya avanzó ayer que probablemente la semana que viene más territorios se sumen a estas limitaciones

Hostelería

Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, permitiéndose únicamente en terrazas al aire libre, al contrario que en noviembre, cuando también cerraron. Se exceptúan los servicios de entrega a domicilio o recogida, los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes o los integrados en centros y servicios sanitarios, comedores escolares y de carácter social y los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga.

Comercio

Se suspende la apertura al público de los grandes establecimientos comerciale s, con las excepciones de aquellos minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías, sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.

También podrán abrir los establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior. No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito. Deberán estar cerradas las zonas recreativas, como parques infantiles o similares.

Actividades deportivas

Asimismo, se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables a aquélla.

No se permite tampoco la asistencia de público a eventos deportivos que se realicen en instalaciones deportivas que no sean al aire libre.

Apuestas

Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

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