La Junta obligará a las residencias a tener equipos de protección para cinco semanas
Aprueba un Decreto Ley para incrementar el control de los centros de mayores, que deberán tener un plan de contingencia frente a pandemias
Si hay un lugar con el que el Covid-19 se ha cebado especialmente ese es, sin duda, las residencias de mayores cuyo modelo, precisamente por eso, ha quedado en entredicho. A la espera de que se analice lo sucedido en unos centros en los que han fallecido casi 2.600 personas entre casos confirmados y con síntomas de padecer la enfermedad , el Consejo de Gobierno aprobó ayer un Decreto Ley de medidas extraordinarias para la atención social en centros residenciales de mayores y personas con discapacidad. El objetivo no es otro que garantizar la atención a los residentes y reforzar la cobertura ofrecida por el sistema de servicios sociales de la Comunidad tras la pandemia . Se busca, además, que estas dependencias estén preparadas ante un posible rebrote, ya que no hay que olvidar que la apertura de las instalaciones a las visitas las expone a posibles contagios. El decreto también refuerza las labores de control e inspección de la Administración autonómica.
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De esta forma, uno de los aspectos más destacados de la normativa es la obligatoriedad de que los centros de atención social para mayores o personas con discapacidad dispongan de un plan de contingencia cuyo contenido se apoya en la experiencia acumulada durante los últimos meses en la lucha contra los efectos de la pandemia. Dicho plan se constituye como el instrumento fundamental para la óptima dirección y gestión de los centros residenciales, que recoge y aglutina un conjunto de directrices dedicadas a la prevención y seguridad, tanto de los usuarios como del persona l, ante situaciones de crisis de salud pública como la vigente.
Adaptado a cada centro
El plan de contingencia deberá estar adaptado a las características propias de cada centro, y contemplará la organización de la prestación de los servicios, mediante la constitución de áreas diferenciadas, formadas por agrupaciones de usuarios en un número limitado y atendidos por un equipo de profesionales no sometido a rotaciones, permitiendo una inmediata compartimentación de las dependencias del centro residencial y evitando, con ello, la propagación de enfermedades.
Otra de las obligaciones de los centros ante la previsión de rebrotes es la de disponer de existencias de equipos de protección individuales (EPIs) , según se determine en cada caso por los servicios de prevención de riesgos laborales, y del material necesario para la atención a los usuarios, que les permitan hacer frente a situaciones de crisis de salud pública al menos durante un periodo de cinco semanas. Dicho depósito de existencias también deberá incluir material de protección para uso de los residentes en número proporcional a la ocupación real del centro y en función de las necesidades reales de atención. Además, las entidades titulares de los centros deberán, una vez asegurada la suficiencia de sus propias necesidades, comunicar el remanente de sus existencias disponibles a la Administración pública competente.
Precisamente, el decreto ley incluye también la aprobación de una línea de ayudas dotada con dos millones de euros para la adquisición de equipos de protección y para la seguridad de los usuarios. La subvención irá dirigida a las entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de los centros residenciales que podrán recibir hasta un máximo de 2.000 euros .
También se incrementará el personal de las administraciones públicas para reforzar las funciones de seguimiento, control e inspección de las residencias, «al objeto de garantizar el bienestar y la seguridad de los usuarios y de las personas que trabajan en los centros residenciales».
El decreto ley recoge, por último, medidas de refuerzo de la información, control y formación del personal de los centros residenciales para garantizar la fluidez y continuidad de la información que se debe facilitar a los usuarios y a sus familiares, por medios accesibles y en cualquier circunstancia. Las entidades titulares de los centros estarán obligadas a facilitar la formación del personal ante emergencias sanitarias sobre medidas de autoprotección, desinfección y limpieza de las distintas zonas del centro.