El TSJ desestima los recursos de los acusados y del PSOE por el caso Perla Negra
Rechaza las peticiones de las defensas sobre las imputaciones de los investigados y la práctica de diligencias sobre la sede de ADE en Bruselas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desetimado los recursos de reforma de las representaciones de los imputados, así como el presentado por el PSOE , dentro del caso del edificio de Soluciones Empresariales de Arroyo de la Encomienda, conocido como «Perla Negra» , por el que fue imputada la excúpula de la Consejería de Economía. Asimismo y según la información remitida por el alto tribunal, se estima el recurso formulado por el Ministerio Fiscal en cuanto a la ampliación de uno de los hechos recogidos en el proceso.
El TSJ desestima, por un lado, la práctica de nuevas diligencias sobre el arrendamiento de un edificio en Bruselas por parte de Ade Europa , una operación que el juez instructor del caso acordó archivar. El auto argumenta que si bien «en un principio» se incluyó en el procedimiento «nada o casi nada se ha podido practicar al respecto y ni siquiera se pudo, por la introducción tardía de tal cuestión, preguntar a la mayor parte de investigados sobre ese tema, por lo que no ha podido ser lógicamente objeto de imputación alguna».
También se desestiman los recursos de las defensas sobre las imputaciones de sus representados. Unas cuestiones que el TSJ resuelve de forma conjunta defendiendo que el auto del juez instructor recurrido es «fruto de un análisis pormenorizado y digamos también concienzudo y objetivo de todo lo actuado durante más de 5 años, análisis objetivo que no puede ser sustituido por el análisis subjetivo interesado de parte». El auto, argumenta el TSJ, se «limita a describir unos hechos que considera son los ajustados a la realidad, pero no supone sentenciar definitivamente lo mismos ni prejuzga, sino constata la existencia de indicios o elementos que los apoyan. Se describe la intervención individualizada de todos y cada uno de los investigados» y una con «considerable extensión unos hechos imputados, guste más o menos o convenza más o menos a unos y otros». «No puede negarse esa participación, con independencia de la interpretación que proceda en sentencia final».
Sí estima el TSJ el recurso del Ministerio Fiscal sobre el desarrollo de una de las cuestiones ya consignadas en el auto recurrido respecto del estudio económico y empresarial de Rafael Delgado, sus diversas actividades económicas y sus relaciones con algunas de las empresas investigadas. En concreto, sobre la compra de una vivienda y sus conexiones con otras empresas vinculadas a la trama, entendiendo que «la mención que el auto hace es insuficiente» . Se procede, así, a «acoger tal argumentación sobre un tema que en efecto fue objeto de documentación y de varias diligencias, estando presente en el interrogatorio de los principales implicados que han sido imputados. No se trata de modificar ningún criterio», sino de ampliar el relato en aras a «permitir una mayor concreción en la imputación y posterior acusación sobre tales hechos».