Tribunales

El exdirector del Inteco debe abonar el coste de acelerar la obra por los comicios

El Tribunal de Cuentas le obliga a pagar 41.990 euros junto con los arquitectos del edificio, inaugurado en 2008

Visita de Zapatero durante las obras del Inteco, en 2007 ICAL

ABC / R. ÁLVAREZ

El exdirector del Instituto Nacional de Tecnologías de la Información (Inteco) ha sido condenado por el Tribunal de Cuentas, junto a los arquitectos y al director de la obra por el sobrecoste generado al acelerar la ejecución de la misma debido a la proximidad de las elecciones generales de 2008.

La sentencia, emitida a instancias de la Abogacía del Estado por un informe elaborado en 2012 por la Intervención General del Estado, declara la responsabilidad contable de Enrique Martínez, exdirector general del Inteco, hoy Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe), y solidariamente la de otros cinco responsables del proyecto. En total, deberán abonar 41.990 euros , correspondientes al daño real que se estima causado a los fondos públicos; cantidad muy alejada del sobrecoste estimado en la obra, según una información de El Español recogida por Ical.

La Abogacía del Estado sostuvo en su demanda que el objetivo prioritario de Inteco era acelerar la obra para que su finalización coincidiese con las elecciones , y los propios arquitectos admitieron que Inteco exigió que la sede se construyese en un plazo de diez meses «por la proximidad» de la cita.

La sentencia, que es recurrible, argumenta que el pago de la sede de Inteco está justificado en su totalidad salvo en 1,9 millones de euros correspondientes al sobrecoste pagado por la aceleración de los trabajos. «Teniendo en cuenta que la cantidad total que se pagó ascendió a 18.236.738 euros, deduciendo de dicho importe los 1,9 millones de euros no justificados, resulta que el pago total puede considerarse justificado en un 89,6 por ciento», apunta.

En la última certificación de obra se introdujeron dos conceptos, la cobertura de 4.682 metros de suelo con linóleo y la construcción de una góndola, por un importe total de 403.756 euros, que no se llevaron a cabo. La resolución indica que «dichos pagos pueden considerarse justificados en la misma medida en que lo está el del precio total de la obra», esto es, en un 89,6 por ciento de los 403.756 euros reclamados en la demanda. Así, se considera justificados 361.765, pero no los 41.990 restantes que se reclaman.

«Época inicial»

Desde el Incibe aseguraron ayer estar al tanto de esta noticia, que recordaron que hace referencia a la «época inicial» del Instituto, cuando otros llevaban sus riendas. Sin entrar a valorar más allá su posible alcance o consecuencias, manifestaron que la postura del centro será la de mostrar una «transparencia total» y «colaboración con todos los procesos judiciales» y añadieron que facilitarán «toda la información» que sea necesaria al proceso.

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