Enfermeros en los colegios, la cuestión por resolver

La norma que regula las medidas para alumnos con necesidades sanitarias elaborada por la Junta, no convence a los sindicatos

MONTSE SERRADOR

La Junta tiene ya diseñada la orden por la que se regulan medidas dirigidas a los alumnos de la Comunidad, de los centros públicos y concertados, que presenten necesidades sanitarias o sociosanitarias. Se trata de un documento elaborado a instancias de las consejerías de Educación, Sanidad y Familia con el que se pretende dar respuesta a aquellos escolares que precisan de atenciones médicas en horario escolar, están ingresados en un centro hospitalario o, incluso, tengan una larga convalecencia en su domicilio. El objetivo, según el texto al que ha tenido acceso ABC, pasa por «favorecer la equidad e inclusión educativa, así como la igualdad de oportunidades y la calidad de vida de los escolares».

Sin embargo, el documento fue rechazado por los sindicatos este viernes en la reunión de la Mesa Sectorial de Educación por considerarlo «muy ambiguo y sin concreción», a la hora de recoger aspectos tan delicados como la administración de medicamentos a los menores o el hecho de que los profesionales sanitarios sean enviados a las aulas desde el centro de salud en el que estén destinados.

La iniciativa trata de responder así a la demanda de las asociaciones de padres y a la reclamación puntual del sindicato de docentes Anpe, y del de enfermería, Satse . De hecho, la principal reivindicación a la que se trata de dar respuesta es la de que los centros educativos que lo precisen cuenten con un profesional sanitario que atienda a esos escolares. El caso más claro es el de los menores diabéticos. Precisamente, la norma señala que en los centros educativos, las actuaciones en materia sanitaria requeridas por el alumnado serán las que se establezcan dentro del «plan individual integral de intervención» . No obstante y con carácter general, se señala que el centro, a través de su director, deberá disponer de un registro de los alumnos con problemas de salud, así como de una ficha individualizada por cada uno en el que consten todos sus datos, incluidos los informes médicos, así como el tratamiento que precise. Será, no constante, una comisión técnica la que analice los casos, los valore y asigne los recursos.

El documento se hace eco de otro asunto polémico como es la administración de medicamentos en los colegios . En este punto se detalla que si el alumno necesita que se le administre un fármaco durante la jornada escolar, los padres deberán presentar una solicitud al personal del centro con los datos de la medicación y el informe médico que lo justifique, de forma que los docentes serán los encargados de medicar al menor.

La norma también regula todos los aspectos relacionadas con la atención educativa hospitalaria y de cómo estos centros tienen que estar equipados de aulas ordinarias, específicas para los alumnos con necesidades especiales, y aulas de día. Por último, se regula la atención educativa domiciliaria para los menores que debido a una enfermedad crónica, prolongada o por lesiones traumáticas no peden acudir al centro educativo. El escolar contará con un docente que previamente los padres deberán solicitar a la Consejería.

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