El TSJ deniega la suspensión cautelar del cierre de locales de centros comerciales
La Sala de lo Contencioso-Administrativo entiende que debe prevalecer la salud pública
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha denegado la suspensión cautelar del cierre de los establecimientos comerciales de menos de 2.500 metros de superficie destinada al público localizados en un centro comercial que no tuvieran acceso directo e independiente desde el exterior que la Junta había decretado en su paquete de restricciones para frenar la expansión del Covid junto con el de la hostelería y los gimnasios.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo entiende que, a la vista de los intereses en conflicto, «debe prevalecer» la protección de la salud de las personas frente «al que reclaman los recurrentes -la Asociación Española de Centros y Parques Comerciales (AECC)- que no justifica en modo alguno la adopción de la medida cautelar y menos sin oír a la parte contraria», según han informado desde el TSJ.
Junto al cierre de la actividad de centros comerciales, gimnasios y bares y restaurantes , la Junta también decretó el de las residencias de ancianos prohibiendo las visitas. En este último supuesto, el TSJ falló a favor de los recurrente anulando dicha orden autonómica.
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