Coronavirus La justicia para en Castilla y León hasta el 25 de marzo
Se mantendrá únicamente la actividad en procesos urgentes e inaplazables o cuya suspensión pudiera ocasionar un perjuicio
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial la inclusión de la Comunidad en el «escenario 2» a partir de cual se puede determinar la suspensión de la actividad judicial como medida de prevención ante la propagación del coronavirus. A la espera de la respuesta a esa solicitud, se ha adoptado esta medida de manera cautelar hasta el 25 de marzo.
La decisión ha sido tomada al entenderse que puede existir peligro para la salud de las personas o de propagación de la enfermedad en cuanto a que los juzgados registran a diario un importante trasiego de personas, entre funcionarios, profesionales y público en general que residen o proceden de zonas en las que se han declarado medidas especialmente intensas para limitar el contagio, lo cual hace de los tribunales «un lugar de riesgo específico».
El cierre de los juzgados incluye excepciones. De esta manera, quedará «salvaguardada» la actividad cuando la actuación judicial, de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables, así como para internamientos, medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables -como las de protección de menores-, la expedición de licencias de enterramiento, celebración de matrimonios e inscripciones de nacimiento en plazo perentorio, los servicios de guardia, procesos con detenido o urgentes -levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc-, medidas en materia de violencia sobre la mujer y menores y vigilancia penitenciaria.
La suspensión acordada es cautelar y está condicionada a la decisión que adopte la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.