Archivada una denuncia por no poder celebrar una misa en Valladolid durante el primer estado de alarma

La acciones legales apuntaban contra el delegado del Gobierno por impedir las fuerzas de seguridad el acto litúrgico por «error»

Imagen de archivo de una misa en la Catedral de Valladolid ICAL

Habían pasado ocho días desde que se había instaurado un estado de alarma y un confinamiento entonces extraordinario y desconocido. «Una interpretación restrictiva errónea» del Real Decreto indujo a «confusión» entre las fuerzas de seguridad impidiendo estas el 22 de marzo la celebración de una misa en la catedral de Valladolid . Así lo entiende el Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid, que ha sobreseído la causa abierta tras la presentación de una denuncia contra el delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo, por estos hechos por parte de Abogados Cristianos.

El magistrado considera que no hay delito porque no existió ninguna orden ni del delegado ni del subdelegado del Gobierno, responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que actuaron en el día de los hechos, que obligase a las fuerzas del orden a impedir que los ciudadanos acudieran a ceremonias civiles o religiosas , informa Ical.

El juez considera que, si bien la norma permitía la celebración de ceremonias religiosas, hubo por parte de los agentes actuantes «una interpretación restrictiva errónea dada la redacción del real decreto, que inducía a esa confusión», pero no hay delito porque ni fue malintencionado ni existió «orden del denunciado u otra autoridad gubernativa que suponga una vía de hecho prevista en el tipo penal, y por la ausencia de amenaza, violencia o vía de hecho contra legem por los agentes actuantes».

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