Archivada la denuncia contra el director de la Escuela Nacional de Policía en Ávila por aprobar a los que sacaron al menos un 4
El juez entiende que subiera la nota por la «situación muy excepcional» de la pandemia para «minimizar el riesgo para la salud de los alumnos»
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Ávila ha acordado el sobreseimiento libre de la investigación abierta tras la querella presentada por un profesor de la Escuela Nacional de Policía contra el director y el jefe de estudios, a los que acusó de ordenar una subida de las calificaciones a los alumnos.
En concreto, les acusaba de prevaricación, falsedad documental y coacciones , pero la decisión judicial no encuentra indicios de infracción penal, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ha informado el TSJCyL.
El profesor querellante imputaba responsabilidad penal al director de la Escuela Nacional de Policía, por dar por aprobado con un 5 a los alumnos que obtuvieron notas comprendidas entre el 4 y el 4,99 en los exámenes de acceso de verano de 2020.
Dicha decisión fue comunicada al jefe de estudios, quien la trasladó a su vez al resto de profesores de la Escuela, y todos cumplieron con la medida salvo el querellante , que fue entonces sustituido por el citado responsable de estudios.
El juez instructor señala en un auto, que no es firme pues se ha presentado recurso, que las pruebas de acceso al Cuerpo Nacional de Policía se desarrollaron en los meses de julio y agosto de 2020, fechas en que concurría la pandemia a nivel mundial por el COVID-19.
«En estas circunstancias, el director de la Escuela adoptó la medida objeto de la presente querella con el único fin de reducir el número de alumnos que tuvieran que repetir la prueba, evitando con ello que dicha prueba debiera realizarse de forma presencial, con el riesgo para la salud que ello hubiera supuesto» , se indica.
Muy excepcional
El juez, quien resalta que la situación era «muy excepcional », expone que la decisión del director de la Escuela se realizó para «minimizar el riesgo para la salud de los alumnos», estaba amparada en las normas, y por tanto no puede ser constitutiva de infracción penal.
El juez concluye que «en absoluto puede deducirse que el director de la Escuela adoptara la decisión 'a sabiendas' de su ilegalidad, sino todo lo contrario; adoptó dicha decisión, en el uso de las competencias inherentes a su cargo y lo hizo para evitar un mal mayor, por lo que ningún dolo, ni siquiera eventual, puede reprocharse a su conducta».