Anulan las multas del Ayuntamiento de Laguna a una pareja por una fiesta durante la crisis sanitaria
Las sanciones, por importe global de 3.200 euros, obedecían al mal uso de la mascarilla y por no colaborar con los agentes
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid ha declarado nulas las multas que el Ayuntamiento de Laguna de Duero impuso a una pareja con motivo de una fiesta en una finca de su propiedad, en dicho término municipal, por incumplir distintos preceptos del decreto ley 7/2020, de 22 de julio, para afrontar la contención de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 en Castilla y León.
Los hechos se produjeron en septiembre de 2020 y se tradujeron en un decreto, de fecha 23 de febrero de 2021, dictado por la concejal de Seguridad Ciudadana de Laguna que impuso a la mujer una multa de 3.001 euros, así como otra de 100 a ésta y su esposo, la primera, supuestamente, por falta de colaboración con los agentes de la Policía Local y luego de la Guardia Civil que se personaron en la finca y las otras dos de menor cuantía por mal uso de la mascarilla por parte de la pareja.
Sin embargo, el recurso de los sancionados ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 ha dado ahora sus frutos, ya que la juez ha acordado decretar la nulidad de los actos administrativos impugnados, en el caso de las multas de 100 euros por entender que el precepto aplicado para justificar las sanciones no impone el uso de mascarilla en espacios privados abiertos, como era el presente caso.
«Del relato de hechos de los agentes se desprende la inexistencia de la infracción cometida, puesto que estando en un lugar de esparcimiento, vallado y de propiedad privada, no infringían ningún precepto legal al no portar mascarillas ni tampoco se refleja que se incumpliera la distancia de 1,5 metros entre ellos y los policías», justifica la magistrada a través de una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas.
También ha quedado anulada la multa de 3.001 euros recaída en la mujer, en este caso porque la juez alega falta de concreción por parte de los funcionarios policiales, ya que en la resolución sancionadora éstos se limitan a mencionar el precepto infringido y facilitan una fundamentación jurídica genérica, «omitiendo, sin embargo, el relato de los hechos que se imputan y por los que se impone a la actora una sanción considerable», informa Ep.