De los allegados de Navidad a la Pasión de los convivientes

Desde hoy hasta el 9 de abril las reuniones en espacios privados sólo podrán darse entre las personas convivientes, según la normativa estatal que también obliga a las comunidades

Estas son las restricciones en Semana Santa en cada comunidad autónoma

Calles de Valladolid en una imagen de archivo HERAS

I. JIMENO

Desde hoy y hasta el 9 de abril, las normas de obligado cumplimiento aprobadas para toda España para prevenir una mayor expansión de los contagios por Covid-19 incluyen que las reuniones en espacios privados sólo podrán darse entre «convivientes».

Después del debate en Navidad sobre los viajes para reunirse con «allegados» y hasta qué extremo se extendía el concepto, ahora con la Semana Santa se abre a la interpretación el «conviviente».

¿Y quién lo es? La respuesta que merece «casi es filosófica», ha reconocido este jueves el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea . «Yo tengo claro con quién convivo y con quién no», ha señalado.

Aunque una pareja viva separada, «entiendo» que también es conviviente , ha clarificado ante las dudas también de si los hijos que residen fuera del hogar pueden regresar a casa de sus padres durante los días de Pasión.

Mientras, las reuniones en los espacios públicos están limitadas a un máximo de cuatro personas y hay excepciones como las terrazas, donde podrán reunirse hasta seis.

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