Absuelto de abusar y maltratar a su exnovia al no «acreditarse» la violencia

La Audiencia de Valladolid sí condena al joven por amenazarla tras romper con él

Sede de la Audiencia de Valaldolid ABC

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La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto a un joven acusado de violar, abusar y maltratar a su ex novia, menor de edad , al no considerarlo «acreditado» por falta de pruebas, aunque sí le condena a seis meses de prisión por un delito de coacciones por enviar a la que fuera su pareja mensajes amenazantes al teléfono móvil cuando rompió la relación sentimental que les unía.

En concreto, la adolescente había denunciado, que una noche, después de que se negara a mantener relaciones sexuales, él le ató las muñecas a las patas del sofá, la desnudó y la penetró vaginal y analmente, con la oposición de la joven, a la que habría impedido tanto abandonar el domicilio, cerrando con llave la puerta, como utilizar el móvil que le quitó. Además, también expuso varios episodios de insultos y violencia previos a dejar la relación, tras la cual le remitió mensajes como «si hace falta te quito la vida, aunque me vaya peor».

La Sala considera que lo declarado por la víctima es insuficiente para condenar al acusado por los delitos más graves por los que fue juzgado y por los que la Fiscalía pedía una condena de más de 25 años de cárcel. En este sentido, la sentencia no toma como prueba de cargo su testimonio sobre unos « hechos han sido relatados por la víctima desde su primera declaración ante la Policía en un relato coincidente , sin contradicciones», al entender que debe «valorarse que la denuncia se interpone un mes después de que sucediera , por lo que, como se manifiesta en el informe forense, no hay signo físico alguno, evidencia física alguna, en dicho momento, de que se hubiera empleado la violencia que ella relata», ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El informe forense no objetivó lesiones ni a nivel vaginal ni anal, ni ninguna otra. «No hay desgarros, no hay hematomas, no hay, como decimos, rastro alguno físico», argumenta el fallo, en el que se apunta que «después de sufrir dicha agresión, como ella dijo en juicio oral, le perdonó, y continuaron manteniendo relaciones sexuales completas».

Aunque no consideran acreditados los hechos denunciados, apuntan los magistrados que «resulta evidente que, el acusado, entendía la relación de un modo posesivo y dominante, y ella lo aceptó , seguramente del modo que las víctimas de este tipo de relaciones, las acepta. Pero también lo es que no se cuenta con ningún dato objetivo, ni uno solo, que revele que, concretamente ese día, ella no quería mantener relaciones y él la obligó a mantenerlas, penetrándola anal y vaginalmente contra su voluntad».

Fueron voluntarias

Descartada la agresión sexual, sobre la mesa estaba la posibilidad de abuso incluso aunque fuera consentido en cuanto a que cuando mantenían una relación él era mayor de edad y ella menor de 16 años. En esta caso, la Sala entiende que no se pueden penalizar las relaciones, ya que el citado delito excluye al autor cuando sea una persona próxima en edad y grado de desarrollo o madurez a la víctima , lo cual señaló el informe forense en el que se apuntó a que «no puede apreciarse una distancia relevante».

La forense, según recuerdan los magistrados en su sentencia, ha mantenido que la menor, «aunque su edad cronológica se corresponde con su madurez, la de los 14-15 años, sabía perfectamente lo que hacía y las consecuencias derivadas , con lo que no podemos entender acreditado que se mantuvieran dichas relaciones basadas en la desigualdad que supone el dominio de la relación por parte del acusado, sino que las asume libremente, las acepta y las consiente como parte de la relación, no está obedeciendo, digamos, sino ejerciendo su sexualidad libremente con el acusado, si bien en el ámbito de una relación que, éticamente, no penalmente, pudiera entenderse reprobable».

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