Menasalbas
Condenado a 15 meses de cárcel el empresario que simuló el pago de una indemnización a una trabajadora
El ganadero es autor de un delito continuado de falsedad en documento privado, según la Audiencia Provincial de Toledo
![Audiencia Provincial de Toledo](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2019/11/12/audiencia-toledo-kYnB--1248x698@abc.jpg)
Francisco A. R., empresario ganadero de Menasalbas (Toledo), ha sido condenado a 15 meses de cárcel por simular el pago fraccionado de una indemnización a una trabajadora despedida, Elena B.
Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo, Francisco encomendó a su gestoría que redactase cuatro documentos que relatasen el abono a Elena B. de cuatro pagos de 1.429,37 euros cada uno. En esos documentos, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2012, se indicaba como concepto el pago fraccionado de una indemnización de 5.715,5 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir.
La indemnización había sido establecida en una condena firme por el Juzgado de lo Social número 2 de Toledo, que declaró improcedente el despido de Elena B. de la entidad Explotaciones Ganaderas El Canto Gordo, de la que Francisco era el administrador único y representante legal. El empresario optó por pagar la indemnización en lugar de readmitirla , aunque luego no lo hizo.
En los documentos encargados por Francisco a la gestoría que llevaba los asuntos de su sociedad se manifestaba que Elena había recibido la cantidad fijada por el juzgado, cuando en realidad no había cobrado la indemnización. Y, para darle verosimilitud, el empresario «encargó a un tercero que los firmara imitando la firma» de la trabajadora despedida, según se relata en la sentencia.
Aunque la prueba pericial practicada en el juicio no permitió asignar la confección material de las firmas al acusado, la Sala «entiende» que Francisco encargó a un tercero que lo realizara por él. Para llegar a esa conclusión, el tribunal explica pormenorizadamente que las explicaciones de Francisco sobre la confección de los documentos no fueron creíbles ni tampoco corroboradas por una empleada de la gestoría.
Con todo, lo condena por un delito continuado de falsedad en documento privado, aunque es absuelto de una estafa procesal, ya que el Ministerio Fiscal no acusó de este delito a Francisco durante el procedimiento. En su veredicto, el tribunal ha tenido en cuenta el retraso indebido en la tramitación del caso para rebajar la pena al condenado.
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