Anulan las bases del Ayuntamiento de Quismondo para seleccionar a dos limpiadoras al no ajustarse a derecho

Un juzgado de lo Contencioso-administrativo reprueba que estar empadronado en el municipio sea objeto de valoración y que la entrevista sea el mérito de mayor puntuación

EP

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Toledo ha anulado, por no ajustarse a derecho, las bases elaboradas por el Ayuntamiento de Quismondo en agosto de 2015 para regular el proceso selectivo para la provisión mediante concurso de dos plazas temporales de limpiador/a del colegio público de la localidad.

Esta decisión parte del recurso contencioso-administrativo presentado por el sindicato CCOO , al que el juzgado da la razón en lo que se refiere a «ilegalidad» de los criterios de valoración del concurso. En la sentencia se explica que el empadronamiento en el municipio «no puede ser objeto de valoración como mérito para el acceso de los puestos de personal laboral convocados» .

Del mismo modo, el fallo indica que la entrevista, como mérito de mayor puntuación en este proceso electivo, «carece por completo de objetividad». Algo que, según añade el juzgado, «choca» contra lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Por último, el juzgado también da la razón a CCOO en la alegación que hizo sobre el Tribunal Calificador, afirmado que está «compuesto por tres miembros y sin exigir que éstos tengan la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo», lo que «infringe flagrantemente la regulación legal» establecida en el artículo 49.2 de la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

José Eugenio del Castillo

No obstante, el Tribunal no admite las alegaciones del sindicato en lo que se refiere al incumplimiento del requisito de publicidad de la convocatoria de empleo y sobre la falta de negociación de las bases de la convocatoria.

En una nota de prensa, el responsable de la Federación de Servicios a la Ciudadanía del sindicato en Toledo, José Luis Arroyo, señala que la sentencia recuerda a los equipos municipales de Gobierno, en este caso al de Quismondo, «deben respetar la legalidad en los procesos que convoquen para acceder a empleo público, aunque las plazas que oferten sean de carácter temporal».

« Los alcaldes y concejales no pueden hacer de su capa un sayo . Tengan o no la pretensión de enchufar a sus amigos o de utilizar de forma clientelar las ofertas de empleo público de sus ayuntamientos, el caso es que se repiten en demasía las convocatorias con cláusulas claramente ilegales, que incumplen los principios elementales de mérito y capacidad, que incurren en desigualdad, que son totalmente subjetivas y que por tanto permiten la arbitrariedad», ha argumentado el sindicato. El alcalde de Quismondo es José Eugenio del Castillo Fernnández-Pacheco , del Partido Popular.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación