Denuncian presiones en Atento para no recuperar los horarios en el «call center» de Toledo
Tras la sentencia de la Audiencia Nacional que amonesta al «call center» por negociar «con mala fe» la reducción de la jornada
« Os van a presionar para que aceptéis cambios. Os intentarán asustar con rumores de todo tipo, (nuevas modificaciones, despidos...). Ni caso. Nos quieren dividir». De esta forma advierte la Confederación General del Trabajo (CGT) a los trabajadores de Atento en el Polígono de Toledo tras la sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional que ha anulado la reestructuración en los horarios de atención al gran público de esta compañía de «call center» por no aportar la documentación necesaria a los representantes de los trabajadores para justificar esta medida. En Toledo, la sentencia afecta a 143 trabajadores, según fuentes sindicales.
Hace unos días, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en representación de la plantilla, celebraba el contenido de esta sentencia por su significativo valor social porque cuestionaba la actuación de la empresa (responsable de la atención al público en Movistar) hacia sus empleados y el derecho a la conciliación laboral y familiar.
La empresa realizó una reestructuración en el horario de atención al público que supuso el cambio de jornada a turno partido, una modificación de horarios que fue adoptada por motivos económicos, en virtud de la reciente reforma laboral.
La sentencia afecta a trabajadores que realizaban jornadas entre las ocho y las nueve de la mañana y las diez y las doce de la noche, por las que cobraban complementos que les fueron retirados y a los que tienen derecho según la sentencia. Ahora, la empresa dice que acata a sentencia, pero que no la comparte.
La sentencia hace un repaso exhaustivo de la legislación y la jurisprudencia y recuerda que las solicitudes de reducción de jornada están vinculadas al derecho a la no discriminación por razón de sexo, por razón de las circunstancias personales, así como al mandato de protección al a familia y a la infancia que, según el juez, «ha de prevalecer y servir de orientación para la solución de cualquier duda interpretativa».
La Audiencia Nacional advierte de que la conciliación laboral y familiar constituye una finalidad de relevancia constitucional fomentada en nuestro ordenamiento jurídico, tendente a lograr una efectiva participación del varón trabajador en la vida familiar a través de un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares .
Por tanto, señala que la negociación colectiva tiene en su mano la posibilidad de introducir criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada que atiendan tanto a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador como a las necesidades productivas y organizativas de las empresas.
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