El TSJCM confirma la sentencia de 10 años al autor del incendio de Poyatos
Desestima el recurso de apelación presentado por la defensa de Lorenzo Ruiz, condenado por el incendio forestal de 2009
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de Lorenzo Ruiz, condenado por el incendio forestal de Poyatos (Cuenca) en 2009 y confirma la condena de 10 años de prisión y el pago de 3 millones de euros en indemnizaciones .
La Sala de lo Penal y Civil del TSJCM ha desestimado el recurso y ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca, que lo condenó a diez años de prisión y a pagar más de 3 millones de euros en indemnizaciones, después de que un jurado popular lo declarara culpable.
En el juicio, que se celebró en Cuenca el pasado mes de octubre, el jurado lo consideró culpable de un delito de incendio forestal con peligro para la vida o la integridad de las personas.
Según se indica en la sentencia de la Sala de lo Penal y Civil del TSJCM, la representación legal de Ruiz argumentaba en el recurso que se había vulnerado su presunción de inocencia y que el veredicto no estaba motivado que se habían quebrantado las normas o garantías procesales causantes de indefensión.
Sin embargo, la Sala ha considerado que es «absolutamente razonable y lógico» el juicio que deduce de todos los indicios y hechos probados la culpabilidad del acusado.
También considera probada su enemistad con los propietarios de la finca donde comenzó el fuego, el carácter intencionado de éste o los testigos que le sitúan cerca del foco inicial del incendio, y entiende que el veredicto sí está suficientemente motivado.
Asimismo, ha calificado el argumento de la defensa de Ruiz que alegaba falta de objetividad del jurado , ante la «trascendencia mediática que tuvo el asunto como un mero alegato carente de cualquier prueba» y ha apuntado que tendría que haber sido expuesto en el momento de seleccionar a los jurados.
No obstante, la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal no es firme, y contra ella cabe la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) , dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
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