Estas son las restricciones de Castilla-La Mancha
El Gobierno de Castilla-La Mancha no tiene previsto, a corto plazo, endurecer las restricciones actuales
¿Se puede viajar en coche a otra comunidad si hay toque de queda?
Cómo obtener el pasaporte Covid en Castilla-La Mancha
En España hasta el momento se han notificado un total de 4.280.429 casos confirmados de coronavirus y 81.221 fallecidos, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Sanidad. Actualmente, España está inmersa en la quinta ola de la pandemia de Covid-19 , lo que ha provocado que en muchas autonomías la incidencia acumulada se dispare, como en el caso de Cataluña, Navarra, Castilla y León, y aumenten sus restricciones con el fin de controlar los contagios , principalmente entre los más jóvenes.
En el caso de Cataluña, se han registrado 2.825,25 casos en la franja de edad de 20 a 29 años a 14 días. Mientras que Castilla-La Mancha se sitúa en 870,29, junto con Ceuta y Melilla , con una incidencia de 474,15 y 466,86 casos, siendo las tres autonomías que mejor situación epidemiológica presentan.
Asimismo, este domingo, 18 de julio, Castilla-La Mancha alcanzó la cifra más baja de 2021 , con menos camas de UCI ocupadas por pacientes infectados por el patógeno. Además, esta autonomía ya ha vacunado al 100 % de la población mayor de 80 años y al 97,9 % del grupo de edad de 70-79 años.
Ante este escenario, el Gobierno de Castilla-La Mancha hace unas semanas descartó tomar nuevas medidas , ya que la incidencia en la región está «a mucha distancia» de otras comunidades. A día de hoy, continúan en la misma línea, reiterando su posición, de que a corto plazo no tiene previsto endurecer tales medidas. Así lo aclaró la portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha, Blanca Fernández , endurecer las medidas «no sería coherente con la situación epidemiológica ni con la asistencial», ya que la situación en los jóvenes es entre dos y tres veces mayor en España que en Castilla-La Mancha .
Se mantienen las mismas restricciones
En el Real Decreto 66/2021, de 1 de junio, por el que se modifica el Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 destacan las siguientes medidas:
-Los establecimientos de hostelería y restauración pueden abrir hasta las 2.00 horas , con un aforo máximo del 75 % en interiores y del 100 % en terrazas. S e suprime el servicio en barra.
-El horario de cierre de los establecimientos queda establecido a las 01.00 horas como máximo y el horario de apertura a las 6.00 horas, excepto en los establecimientos que tengan horarios especiales, que seguirán con el régimen de horario que tengan autorizado.
-Máximo de diez personas por mesa.
-En el ocio nocturno el horario de cierre será a las 3.00 horas como máximo, con un aforo del 75 % en el interior y del 100 % en terrazas. Al aire libre está permitido el baile, siempre que se respete la distancia interpersonal. No se podrán efectuar consumiciones en barra.
-Las actividades culturales no podrán superar el 75 % del aforo autorizado y cada asistente contará con una localidad preasignada . No obstante, se facilitará la agrupación de convivientes, manteniendo la debida distancia de seguridad con el resto de los espectadores.
-Se recomienda a la ciudadanía limitar los grupos a un máximo de 10 personas, salvo las personas convivientes.
Noticias relacionadas