José Francisco Roldán Pastor

Ignorar oportunidades

Las ventajas para la identificación por ADN se truncan por absurdas limitaciones legales que perjudican a las víctimas

POR José Francisco Roldán Pastor.

Los avances científicos suelen incorporarse a las tareas más simples cuando se determina su incontestable utilidad. Desde la revolución de aquel veterinario inglés en la India, que demostró la fiabilidad de la impresión dactilar para distinguir a las personas, y que asumió el mundo con naturalidad, no se había encontrado otro procedimiento como la identificación por ADN, que relaciona personas, las identifica y puede concretar su posición en un lugar concreto.

La Policía, como no podía ser de otro modo, acogió el avance científico con la esperanza de mejorar las técnicas de identificación e investigación de los delitos. Como en el caso de las huellas dactilares, los órganos judiciales, que suelen moverse a cámara lenta, por fin, aceptaron la innovación sin contestar su eficacia. Legislar sobre las utilidades del ADN supuso un acierto , porque, de ese modo, organizaba el futuro con normas adecuadas a su estricto uso. Pero nuestro legislador hispano, que suele reincidir en el defecto, en vez de asegurar la eficacia real del invento, decidió dejar libre una gatera por donde escapar las expectativas.

Es incuestionable, cuando se trata de proteger a las víctimas del delito quedan asuntos olvidados en beneficio del autor de los delitos. Seguimos empeñados en aceptar sin remilgos la debilidad del delincuente ante el abuso del Estado y sus instrumentos represores. En el momento de la detención policial se confecciona la reseña del detenido (fotografías e impresiones dactilares). Además de esos elementos de identificación se añade la obtención, con un bastoncillo posado en el paladar, de una muestra de saliva para garantizar un archivo de ADN, que completaría la eficacia para numerosos casos en donde no existiera huella dactilar para cotejar. Por tanto, cuando el banco de datos tuviera una dimensión adecuada, la actividad delictiva de los más pertinaces sería contestada con el esclarecimiento de más infracciones penales. No hay ninguna duda que se trata de un avance en beneficio de una sociedad, entre otras ventajas, tratando de protegerse del delito.

Sin embargo, el detenido puede negarse a que se tome esa muestra de ADN. Ya se encarga su asesor legal en recordárselo, porque debe velar por sus derechos frente a la actividad policial. Esa negativa impide la posible identificación por el delito actual, anterior y futuro. La autoridad judicial debe ordenar tal maniobra, no sirve la imposición policial. Esa autorización es imposible tramitarla con agilidad adecuada por la agobiante actividad judicial, que bastante tiene con sacar adelante los procedimientos en los recortados plazos impuestos. Y ese absurdo obstáculo beneficia la eficacia de los delincuentes y perjudica los intereses de las víctimas de sus fechorías, algo que suele ser, por desgracia, muy habitual.

Rectifiquemos ese torpe impedimento legal. Nos va mucho en ello.

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