La norma adopta medidas «para la debida protección de los derechos de los usuarios», apunta el Gobierno de Canarias, que agrega: «Las personas titulares de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, a la entrada en vigor de este decreto, dispondrán de un plazo de tres meses para identificar los vehículos , por lo que deberán solicitar al cabildo insular correspondiente tantos distintivos como vehículos con autorización dispongan».
El Reglamento de desarrollo de la ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias se modifica para crear una identificación de los vehículos destinados a arrendamiento con conductor mediante el uso de distintivos exteriores regulados con la imagen del Gobierno de Canarias, «el número de matrícula del vehículo y las iniciales del nombre de la isla donde estén autorizados dichos vehículos, en un fondo de color asignado por cada isla».
El incumplimiento del deber de llevar los distintivos identificativos externos en los lugares indicados el tenerlos deteriorados será sancionado conforme a lo que disponga la legislación vigente de ordenación del transporte por carretera de Canarias.