Sociedad

Condenan a una alumna canaria a devolver una beca por no llegar a la nota media exigida

Debe reintegrar 2.296 euros de la ayuda y pagar las costas de la demanda contra el Ministerio de Educación

El IES Pablo Montesino de Las Palmas de Gran Canaria ABC

M. Ramos

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a una estudiante de Las Palmas de Gran Canaria a devolver parte de una beca de más de 2.000 euros por no haber llegado a la nota media exigida para percibirla. En concreto, deberá desembolsar 2.296 euros más las costas del procedimiento judicial.

La joven solicitó y obtuvo una ayuda al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para cursar primero de un ciclo formativo de grado superior durante el periodo lectivo 2012/2013, en el centro Pablo Montesinos de la capital grancanaria. Ahora tendrá que devolver parte del dinero que recibió, ya que ha incumplido uno de los requisitos fijados para ser beneficiaria: debía contar con una nota de 5,50 y no la alcanzó al acreditar una calificación de 5,39.

Un auto de la Sala de lo Contencioso de la AN detalla que las cantidades ingresadas por la estudiante ascendieron a 2.513 euros , en concepto de «salario» (CFGS), y a otros 204 euros, por el suplemento «ciudades». Sin embargo, a posteriori, el 30 de mayo de 2014, el director general de Política Universitaria de la Secretaría General de Universidades emitió una resolución en la que se le requiere el reintegro parcial de la ayuda adjudicada , esto es, los citados 2.296 euros.

«El fundamento de dicha resolución fue la comprobación, posterior a la concesión y pago, de la falta de acreditación por la recurrente de haber alcanzado la nota media exigida para la obtención del componente de compensatorio beca/salario», recalca el auto fechado el pasado 14 de diciembre. Contra la citada resolución, la afectada decidió interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Ministerio y, finalmente, formalizó su demanda pidiendo la nulidad del acto recurrido por entender que no era conforme a derecho .

Compensatorio

El pasado 9 de diciembre los magistrados fallaron acerca de la cuestión planteada, es decir, sobre «el ajuste legal» de la resolución. Tras analizar el caso, concluyen en una sentencia que está «suficientemente motivada» y acaban desestimando el recurso de la estudiante sobre la base de que recibió una beca/salario sin tener la nota necesaria para ser beneficiaria de ella.

El auto subraya «la falta de acreditación» de que tuviera «la nota media exigida para la obtención del componente de compensatorio beca/salario», reza la sentencia. Lo que lleva a la Audiencia Nacional a dictaminar que se está ante «un supuesto fáctico que justifica el reintegro de las cantidades pagadas», según lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en una Resolución de 2 de agosto de 2012, por la que se convocaron becas y ayudas al estudio para el curso académico 2012/2013.

Recuerda la sentencia desestimatoria, que además condena a la afectada a pagar las costas del procedimiento judicial que inició contra el Ministerio, que «la normativa referida exige a los estudiantes de primer curso de ciclos formativos de grado superior, haber obtenido 5,50 puntos en segundo curso de bachillerato, y la recurrente, tal y como puso de manifiesto el Abogado del Estado, obtuvo una puntuación de 5,39».

Remarca también que ha tenido « puntual conocimiento de los motivos por los que se ordenó el reintegro de la ayuda y no sólo porque así se indica en la resolución recurrida, sino porque ya se adelantaron en la comunicación previa que le fue dirigida el 9 de agosto de 2013 y sobre la que tuvo la posibilidad de formular alegaciones », zanja el fallo.

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