El Gobierno balear multará a los grandes propietarios que no cedan sus pisos vacíos
La futura Ley de la Vivienda autonómica prevé que los inmuebles que lleven más de dos años desocupados sean destinados a alquiler social
La presidenta del Gobierno balear, la socialista Francina Armengol , y el consejero de Territorio, Marc Pons , presentaron este miércoles el texto inicial de la futura Ley de la Vivienda, que en principio se prevé que pueda ser aprobada a mediados del próximo año. Una de las principales medidas que contempla el actual anteproyecto es que los grandes tenedores tendrán que ceder al Govern aquellas viviendas de su propiedad que lleven un mínimo de dos años vacías, que serán destinadas por el Ejecutivo autonómico a alquiler social en caso de que sea necesario. Los citados inmuebles serán gestionados por el Instituto Balear de la Vivienda ( IBAVI ) por un periodo máximo de tres años.
Previamente, los grandes propietarios tendrán que haber inscrito sus pisos vacíos en el Registro de Viviendas Desocupadas, en el que también constarán pisos procedentes de desahucios hipotecarios . El hecho de no cumplir con esa obligación podrá ser sancionado con hasta 30.000 euros . Las multas previstas en la futura ley serán de entre 60 y 3.000 euros para las infracciones leves, si bien podrían alcanzar hasta los 90.000 euros en el caso de las faltas más graves.
Además de ceder las viviendas vacías, los grandes tenedores también tendrán que ofrecer a las personas que se encuentren inmersas en un proceso de desahucio hipotecario la posibilidad de quedar en la casa pagando un alquiler social. Esta medida está dirigida a proteger a las familias desahuciadas en situación de vulnerabilidad y que no disponen de otro lugar donde vivir. El incumplimiento de esta obligación por parte de las entidades bancarias será considerado una infracción muy grave.
En el texto de la nueva norma autonómica se considera que son grandes tenedores las personas físicas y jurídicas que, directa o indirectamente, participan de manera activa en el mercado de la vivienda y tienen diez viviendas o más en propiedad, alquiler o usufructo. En ese supuesto se encontrarían entidades bancarias, promotoras y determinados particulares.
La futura ley, en su actual redacción, también señala que las empresas suministradoras de agua, gas y electricidad estarán obligadas, antes de ejecutar un corte de suministro , a solicitar a los servicios sociales del municipio respectivo un informe que especifique si la persona deudora se encuentra en situación de pobreza energética . En este caso, no se podrá realizar el corte y se establecerán los tiempos y canales para solucionar la situación.
Por lo que respecta a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) que se construyan en el futuro, nunca se podrán vender por encima del precio que se establezca para las viviendas protegidas. Esta medida no afectará a las VPO existentes en la actualidad.
Armengol señaló este miércoles que el texto del anteproyecto «incorpora aportaciones de las entidades e instituciones que forman parte de la Mesa de la Vivienda y se marca como principal objetivo facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda». La presidenta también destacó que además se quiere garantizar la permanencia en una casa por parte de las personas con menos recursos, de manera que se haga efectivo el derecho a la vivienda de la ciudadanía.
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