El TSJ de Aragón suspende el pasaporte Covid en banquetes, pero lo mantiene en el ocio nocturno

La Justicia poda, por «desproporcional», la orden dictada por el Gobierno de Lambán: solo permite aplicarla hasta el 8 de enero, y únicamente en el ocio nocturno y en eventos con más de 500 asistentes en interiores o más de mil al aire lire

Javier Lambán (PSOE), presidente del Gobierno de Aragón F. Simón
Roberto Pérez

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha suspendido la aplicación del pasaporte Covid en banquetes -caso de bodas, comuniones o bautizos-, pero lo mantiene en el ocio nocturno y en grandes eventos . La orden dictada hace escasos días por el Gobierno regional de Javier Lambán ha sido recurrida por varias organizaciones, entre ellas la asociación de discotecas de Zaragoza.

Finalmente, en Aragón seguirá en vigor el pasaporte Covid, pero solo hasta las doce de la noche del 8 de enero, y exclusivamente para acceder a locales de ocio nocturno (discotecas, pubs y similares) y para asistir a eventos multitudinarios en los que se reúnan más de 500 personas en espacios interiores o más de 1.000 al aire libre.

En esos casos, en los accesos se deberá exigir el certificado de estar vacunado contra el Covid o, en su defecto, la acreditación de que han pasado la enfermedad hace un máximo de seis meses, o demostrar que han dado negativo en un análisis PCR en las últimas 48 horas o en un test de antígenos en las últimas 72 horas.

Hasta que llegue la sentencia al respecto, que tardará, tocaba determinar si procedía o no suspender cautelarmente la aplicación de esta orden. Los recurrentes y la Fiscalía han pedido la suspensión , en contra del criterio del Gobierno aragonés. Y los magistrados, finalmente, se han quedado a medio camino: el pasaporte Covid seguirá en vigor, pero no con todo el alcance que pretendía el Gobierno aragonés.

El auto dictado por el TSJ de Aragón, con el magistrado Juan Carlos Zapata como ponente en este caso, censura abiertamente la orden del Gobierno aragonés por ser jurídicamente «desproporcionada».

Así, indica que «se antoja de absoluta desproporción» que el Ejecutivo de Lambán haya instaurado el pasaporte Covid sin plazo alguno, sin fecha determinada de fin de la restricción. «Se establece con una extensión temporal tal que puede tenerse por indefinida», critican. Y reprochan al Gobierno aragonés que no haya entendido lo que significa el principio jurídico de la «proporcionalidad» . No consiste en aplicar una medida menos impactante o negativa que otra -indican-, sino en garantizar que no es peor el remedio que la enfermedad. Es decir, «que la medida sirva para algo y no genere más perjuicio que beneficio crea».

Por eso, para evitar la «desproporción» apreciada por los magistrados, estos han decidido que el pasaporte Covid se exija en menos situaciones que las que pretendía el Ejecutivo de Lambán, y solo hasta el 8 de enero. El TSJ de Aragón considera que no procede exigir de forma general el pasaporte Covid a cualquier tipo de banquete o celebración social en la hostelería. El Gobierno aragonés hubiera fijado un número máximo de asistentes y, como no lo ha hecho, el TSJ aragonés entiende que debe anularse esa pretendida restricción genérica en banquetes y celebraciones sociales en la hostelería.

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