Tribunales
El TSJ de Aragón recula y endurece las restricciones en la hostelería 24 horas después de suavizarlas
Permite provisionalmente las limitaciones impuestas por el Gobierno de Lambán, pero deja en el aire el fondo del asunto: si es o no constitucional la polémica ley aragonesa que limita derechos fundamentales sin control judicial ni estado de alarma
![Imagen de archivo de una protesta de los hosteleros contra las restricciones impuestas en Aragón](https://s2.abcstatics.com/media/espana/2021/07/13/aragon_hosteleria-U307690379677YC--1248x698@abc.jpg)
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha reculado y ha autorizado provisionalmente las restricciones impuestas por el Gobierno regional a la hostelería apenas 24 horas después de que los magistrados las tumbaran de forma cautelar . El galimatías jurídico es de órdago, mientras queda en el aire el fondo del asunto: si es o no constitucional la ley aragonesa que ampara estas restricciones, una ley que promovió el Gobierno regional hace meses y que ahora se sustancia en una orden que cierra los bares a las 23.00 horas, las discotecas a las 00.30 horas, vuelve a prohibir el servicio en barra y reduce a la mitad el aforo en interiores.
El PP ha dicho en reiteradas ocasiones que esa ley es inconstitucional, porque, con ella, el Ejecutivo autonómico se arroga la potestad de limitar derechos fundamentales sin someterse a control judicial y sin necesidad de que se haya declarado un estado de alarma. Pero el PP no ha querido promover un recurso de inconstitucionalidad para corregir lo que denuncia, mientras el Gobierno del socialista Javier Lambán presume de ser pionero en dotarse de una ley autonómica con la que adoptar medidas excepcionales esquivando a los jueces y sin necesidad de que haya declarado un estado de alarma.
Y ahora es el TSJ de Aragón el que apunta también a esas dudas de constitucionalidad, pero está por ver si da un paso en ese sentido y eleva la cuestión al Tribunal Constitucional . Es decir, si somete esta controvertida ley aragonesa al escrutinio del TC. De momento, no lo ha hecho.
Mientras tanto, los bandazos son de órdago y abonan el malestar y la confusión entre los hosteleros aragoneses . Han asistido, en diez días, a cuatro cambios de criterio, los dos últimos en apenas 24 horas .
Hace diez días, cuando el rebrote del Covid ya era notorio en esta región, el Gobierno aragonés suavizó las restricciones y amplió tanto horarios como aforos en bares, restaurantes y discotecas. Una semana después, el pasado viernes, el Ejecutivo autonómico se desdijo y, ante el explosivo rebrote del Covid, endureció las restricciones . Los hosteleros recurrieron y, ayer lunes, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de Aragón, con el magistrado Javier Albar como ponente, suspendió cautelarmente ese endurecimiento de las restricciones. Pero este martes por la mañana, ha reculado y ha dejado sin efecto esa suspensión cautelar, así que vuelven a estar en vigor las restricciones endurecidas.
Pero aquí no acaba el enredo, porque todo esto es provisional . El TSJ de Aragón tiene que pronunciarse aún sobre el fondo del asunto. Es decir, sobre si procede o no la orden de endurecimiento de las medidas, que el Gobierno aragonés dictó la semana pasada en base a una ley autonómica sobre la que pesan gruesas dudas de constitucionalidad. El problema es que, para que los magistrados puedan decidir si el Gobierno de Aragón actúa legalmente o no, lo primero que deben tener claro es si es o no constitucional esta controvertida ley autonómica en la que se amparan las órdenes restrictivas. Y, para eso, tienen que elevar una cuestión de constitucionalidad ante el TC. Algo que, de momento, no han hecho. Está por ver si el TSJ de Aragón lo hace en las próximas horas o días, cuando se pronuncie sobre el fondo del asunto.
El magistrado Javier Albar lo ha dejado entrever en el auto que ha dictado este martes. En él, sin citar expresamente la cuestión de constitucionalidad, alude a ella cuando dice que está pendiente dilucidar si lo que está haciendo el Gobierno aragonés es limitar derechos constitucionales sin someterse al preceptivo control judicial. Pero, para que eso se resuelva, el TSJ de Aragón tendría que plantear una cuestión de constitucionalidad que, de momento, no ha sustanciado.
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