Tribunales

Dos años más de condena para el joven que mató a un guardia civil en Barbastro

Él recurrió para pedir su absolución, pero la Audiencia de Huesca le ha elevado la condena a ocho años de internamiento

Imagen del funeral por el agente José Antonio Pérez, muerto en acto de servicio en marzo del año pasado Efe

R. Pérez

La Audiencia de Huesca ha condenado a dos años más de reclusión al joven que, el 4 de marzo del año pasado, arrastró mortalmente a un guardia civil en un control de carretera de Barbastro (Huesca) . El homicidio lo cometió tres meses antes de que cumpliera la mayoría de edad, por lo que el autor ha sido juzgado y condenado a todos los efectos amparado por la Ley del Menor .

Abraham Giménez conducía el coche pese a no tener carné. Además, iba bajo los efectos de las drogas, según reflejó el atestado. Con él viajaban en el coche su novia -otra menor de edad con la que el condenado tiene un y hijo- y dos amigos más, un chico y una chica también menores.

Al llegar al control de tráfico, el agente José Antonio Pérez introdujo sus brazos a través de la ventanilla, momento en el que el joven aceleró bruscamente y emprendió la huida. El cuerpo del guardia civil quedó atrapado. Fue arrastrado a lo largo de casi medio kilómetro, hasta que el coche chocó contra una bionda y contra otro vehículo. El cuerpo del agente acabó sobre el asfalto, mortalmente herido, con traumatismo torácico y abdominal.

El pasado noviembre, Abraham Giménez fue condenado a seis años de internamiento en un centro de menores y a otros cuatro de libertad vigilada, mientras que los otros tres jóvenes que iban con él en el coche fueron absueltos.

La sentencia fue recurrida por el condenado. Su abogada pidió su absolución , al sostener que la muerte del agente debía ser calificada como homicidio imprudente. Sin embargo, la Audiencia de Huesca ha desestimado este recurso y ha acabado aceptando parte de las tesis de las acusaciones , lo que al final le ha supuesto al joven ver elevada su condena de internamiento en dos años más, hasta un total de ocho.

La Audiencia entiende que no ha lugar considerar lo ocurrido como fruto de una imprudencia sino de una actitud claramente temeraria y dolosa. «La temeridad del conductor es manifiesta al continuar la marcha pese a carecer de vision suficiente y de control sobre el volante del automovil» , indica en su fallo la Audiencia de Huesca que, sin embargo, ha mantenido la absolución para los otros tres que acompañaban al acusado en el vehículo, al entender que no se les puede considerar ni como encubridores ni como cooperadores de lo ocurrido.

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