Yolanda Díaz retirará la Medalla al Mérito en el Trabajo a los franquistas condecorados
El Ministerio de Trabajo saca a audiencia pública un Real Decreto para modificar el reglamento de entrega de las condecoraciones e introducir supuestos para la revisión y retirada
El Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz , a la sazón vicepresidenta segunda del Gobierno, va a retirar la Medalla al Mérito en el Trabajo a toda persona que formara parte «del aparato de represión de la dictadura franquista».
Así se extrae del Real Decreto que el departamento de Trabajo ha hecho público este lunes en su página web, según adelantó el diario 'Público', y que puede consultarse por cualquier ciudadano. En su audiencia pública señalan que queda derogado el Real Decreto 711/1982, de 1 de marzo, y se aprueba en su lugar el «Reglamento de la Medalla y Placa al Mérito en el Trabajo».
Esta iniciativa busca modificar y actualizar el reglamento que estipula la entrega de la condecoración, que se concede a personas, corporaciones, asociaciones o entidades por una conducta ejemplar o daño padecido en el desempeño de su trabajo y deber. Y s e añade la posibilidad de «revisar o retirar» las medallas concedidas no solo a personajes del régimen franquista sino también a quien haya cometido «actos y conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos».
En el artículo 10 del texto presentado por el Ministerio de Trabajo se exponen los supuestos por los que podrán ser objeto de revisión y retirada. En primer lugar, «cuando quede acreditado que el beneficiario, antes o después de la concesión , hubiera sido declarado responsable de actos constitutivos de delito u observado conductas incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, particularmente de aquellos que tengan una incidencia laboral y social».
En segundo, por «haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista , hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos». Y tercero, por «cualesquiera otros supuestos y procedimientos de revisión de condecoraciones previstos en el ordenamiento legal».
También en el punto 3 del artículo 10 se señala que podrán retirarse las medallas y placas a pesar de que los delitos hayan prescrito. Eso sí, siempre después de un «expediente administrativo contradictorio» del Ministerio de Trabajo, a quien le compete conceder y retirarlas.