Un vocal del CGPJ, sobre los nombramientos: «Siempre hay un elemento discrecional»
«Nadie duda del mérito de los candidatos que concurren a estas plazas, pero siempre hay un elemento discrecional que inclina la balanza», aseguran desde el órgano
Reducir la discrecionalidad y motivar los nombramientos. Es una de la tareas pendientes del Consejo General del Poder Judicial y una de las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (Greco). En su informe del pasado mes de enero insistía en la necesidad de estipular por ley los criterios objetivos y requisitos de evaluación para el nombramiento de altos cargos en la judicatura : presidentes de audiencias provinciales, de los tribunales superiores de justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, para garantizar que estos nombramientos no pongan en tela de juicio la independencia, imparcialidad y transparencia de este proceso.
«Nadie duda del mérito de los candidatos que concurren a estas plazas, pero es una realidad que siempre hay un elemento discrecional que inclina la balanza hacia uno u otro lado. Es ese elemento discrecional el que hay que argumentar, explicar al resto de candidatos por qué se quedan fuera y sobre todo establecer baremos », explica un vocal.
El actual mandato ha estado marcado por algunos nombramientos polémicos, por acción o por omisión. Uno de ellos fue el del secretario de Estado Fernando Román , persona muy cercana a Lesmes, como magistrado de la Sala Tercera (el presidente se abstuvo en este caso); otro, la no renovación de José Manuel Sieira como presidente de esa misma Sala.
También fue polémico el nombramiento del presidente del TSJ de Murcia, Manuel Pasqual de Riquelme , tanto que fue anulado por el Tribunal Supremo en mayo de 2016. La Sala Tercera reprochó al Consejo que postergara «sin explicación» a su contricante Pilar Alonso, pese a que «la valoración de los elementos [méritos] objetivos de ella se impone claramente» sobre los del magistrado nombrado. El alto tribunal ordenó al CGPJ que volviese a adjudicar la plaza «mediante resolución debidamente motivada en los términos indicados en esta sentencia». Dos semanas después, el Pleno volvía a nombrar al mismo juez.
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