El último dictamen del Tribunal de Justicia de la UE sobre Valtonyc complica su posible extradición a España
Según el principal órgano judicial europeo, con sede en Luxemburgo, la euroorden dictada contra el rapero mallorquín en 2018 no habría sido emitida correctamente
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, acaba de dictar una sentencia en la que expone su posición acerca de la euroorden dictada contra el rapero mallorquín Josep Miquel Arenas -Valtonyc- hace dos años. Según el TJUE, dicha euroorden no habría sido emitida correctamente, pues se basó en el Código Penal de 2015 y no en el de 2012, que era el que estaba vigente cuando el cantante cometió los delitos por los que posteriormente fue condenado a tres años y medio de cárcel.
Según ha dado a conocer el principal órgano judicial europeo, a través de un comunicado, la autoridad judicial de ejecución «debe atender al Derecho de ese Estado miembro -España- en su versión aplicable a los hechos que dieron lugar al asunto en el que se ha emitido la orden de detención europea, y no en su versión vigente en el momento de la emisión de dicha orden de detención».
Esa comprobación resulta necesaria, ya que «la ejecución de las órdenes de detención europeas emitidas en relación con determinados delitos castigados con una pena o una medida de seguridad privativas de libertad de un máximo de al menos tres años no puede someterse al control de la doble tipificación de los hechos, es decir, al requisito de que dichos delitos estén igualmente castigados por el Derecho del Estado miembro de ejecución».
A la espera
La decisión del TJUE, que ha trascendido este martes, hace en principio más difícil la posible extradición de Valtonyc a España. Sobre esa posibilidad aún debe pronunciarse la Justicia belga. Si llegado el momento los tribunales de dicho país también considerasen que debe tomarse como referencia el Código Penal de 2012 , que preveía castigos más leves en algunos delitos con respecto al Código Penal de 2015, ello podría suponer que el artista isleño no sería finalmente entregado a nuestro país.
En cualquier caso, el TJUE aclara en su sentencia que «el hecho de que el delito en cuestión no pueda dar lugar a la entrega sin control de la doble tipificación», no significa que deba denegarse la ejecución de la orden de detención europea dictada por la Audiencia Nacional. «Incumbe a la autoridad judicial de ejecución -Bélgica- examinar el criterio de la doble tipificación de los hechos», recuerda el citado órgano judicial.
Cabe recordar que en febrero de 2017 Valtonyc fue condenado por la Audiencia Nacional a tres años y medio de cárcel por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias graves a la Corona y amenazas. La condena fue confirmada un año después en su integridad por el Tribunal Supremo. Valtonyc debería haber ingresado en una prisión española el 24 de mayo de 2018, pero unos días antes decidió huir de España, por lo que fue dictada una orden de busca y captura internacional contra él. Desde entonces, se encuentra viviendo de forma provisional en Bélgica.
Un largo proceso
La denuncia originaria contra Valtonyc había sido presentada en 2012 por el entonces presidente de la hoy extinta entidad Círculo Balear, Jorge Campos , que en la actualidad es el portavoz de Vox en el Parlamento balear. La canción que motivó la citada querella era «Circo balear». En dicho tema, Valtonyc criticaba a Don Juan Carlos, proponía «ocupar» el Palacio de Marivent –residencia estival de los Reyes en Mallorca– y también decía que Campos merecía morir. En otras canciones, citadas explícitamente en la sentencia, el artista mallorquín apoyaba con sus letras diversos asesinatos cometidos por las bandas terroristas GRAPO y ETA.
Por lo que respecta a las decisiones tomadas por la Justicia de Bélgica en los dos últimos años, el 5 de julio de 2018 un juez de instrucción belga decidió mantener a Valtonyc en situación de libertad provisional, a la espera de que otro magistrado estudiase su posible entrega a nuestro país. Tras varias dilaciones judiciales por diversas causas, el Tribunal de Apelación de la ciudad belga de Gante acordó en enero del pasado año aplazar hasta el pasado 18 de junio su decisión sobre la posible extradición a España del rapero mallorquín. Llegado ese día, el citado órgano acordó aplazar de nuevo su decisión, a la espera de que previamente se pronunciase sobre este caso el ya citado Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En ese contexto, cabe recordar que en noviembre del pasado año el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en la ciudad francesa de Estrasburgo, inadmitió a trámite el recurso presentado por Valtonyc contra su condena de prisión. Valtonyc entendía que habría sido vulnerado su derecho a la libertad de expresión tras haber sido condenado a tres años y medio de cárcel por la Justicia española. Sin embargo, según el TEDH, Valtonyc no habría agotado todas las vías de que disponía para presentar recursos en España antes de hacer llegar la citada demanda al propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos.