El Tribunal de Estrasburgo no ampara a Puigdemont

Se mantendrá el mismo criterio si Sànchez recurre al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para su investidura

Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat ABC
Enrique Serbeto

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ampara con medidas cautelares las aspiraciones de los independentistas catalanes de permitir que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont pueda participar normalmente en un debate para ser investido de nuevo. Ya que no se trata de una sentencia, el tribunal no anuncia públicamente este tipo de decisiones, algo que se encargan de hacer normalmente las partes que lo solicitan pero fuentes del Tribunal han confirmado formalmente que efectivamente se le presentó la petición de amparar al candidato independentista que se encuentra fugado en Bélgica en dos ocasiones y que en dos decisiones sucesivas el Tribunal de Estrasburgo las ha rechazado .

Dos ciudadanos privados, llamados Eulalia Camps Rosell y Daniel Roses , le pidieron al Tribunal Europeo que suspendiera de forma cautelar los requisitos que el Tribunal Constitucional fijó el pasado 27 de enero para una eventual investidura de Puigdemont. El 8 de febrero la primera vez y el 23 de febrero de nuevo el Tribunal informó que considera que esa demanda no puede acogerse a lo que especifica el artículo 39 de su reglamento.

Los jueces de Estrasburgo pueden adoptar medidas cautelares pero lo hacen en casos excepcionales y cuando se pueda producir una situación de grave peligro para la vida o los derechos amparados por él. Casi siempre son casos en los que ha paralizado expulsiones y en menor medida desahucios. Alguna vez se ha utilizado el criterio de que se intentaba proteger el derecho a un juicio justo del demandante, pero nunca en caso de un supuesto similar al que se plantea ahora.

La decisión supone también que se mantendrá el mismo criterio en caso de que prospere la intención de pedir este tipo de medidas cautelares para Jordi Sànchez , que también ha sido mencionado como candidato a la investidura a pesar de que se encuentra en prisión. En este caso, sus abogados han recurrido a la sala de apelaciones del Tribunal Supremo ya que para poder invocar al Tribunal de Estrasburgo es necesario haber escalado primero todas las jurisdicciones nacionales.

El Tribunal de Estrasburgo no ampara a Puigdemont

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