El Tribunal Constitucional avalará la competencia del Supremo para juzgar el 1-O
A partir de mañana aborda los primeros recursos de los condenados del «procés»
El Pleno del Tribunal Constitucional, en el primer recurso contra la sentencia que condenó a los líderes independentistas por sedición, tiene previsto avalar la competencia del Tribunal Supremo para investigar el 1-O. Lo hará al abordar una ponencia favorable a ese espaldarazo al Alto Tribunal : la que corresponde a la exconsejera Meritxell Borràs , condenada por desobediencia, a una multa de diez meses con cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial durante un año y ocho meses. La importancia de esta decisión radica en que el planteamiento del TC se hará extensible al del resto de presos del «procés» .
Se espera así que los magistrados rechacen de plano el recurso de la Borràs y confirmen su condena , algo que puede suceder en el Pleno de esta semana o que el ritmo de las deliberaciones obligue a aplazar a febrero, cuando está previsto que se sigan estudiando los recursos del resto de condenados hasta terminar con Oriol Junqueras , el más complicado desde el punto de vista técnico. El exvicepresidente de la Generalitat fue condenado a 13 años de cárcel por sedición . La previsión del TC es llegar al verano con los amparos resueltos.
Uno de los motivos que alega Borràs en su recurso es el de considerar que el Supremo no era competente para juzgarle , sino que debía haber sido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al haber sucedido allí los hechos. Se trata de una alegación común en los recursos del resto de condenados que tiene especial trascendencia también en la tramitación de las euroórdenes que afectan a los fugados. No hace dos semanas que la justicia belga rechazó la entrega del exconsejero Lluis Puig precisamente por este motivo : «No encontramos (...) ningún elemento que demuestre que una persona, que está siendo procesada por delitos conexos junto con otras personas para las que se haya previsto un régimen que difiere del sistema de derecho común, pueda ser juzgada por un tribunal distinto del que le asignan las normas de procedimiento penal», señalaron los jueces de primera instancia belgas el pasado agosto en una decisión confirmada este mismo mes por el Tribunal de Apelación de Bruselas. Ignoraron así la excepción prevista en el Estatuto de Autonomía de Cataluña, que señala expresamente que el Supremo es el competente para juzgar a los miembros de Govern por delitos cometidos fuera del territorio catalán.
El mundo independentista interpretó esta noticia como un triunfo extrapolable al resto de procesados del 1-O. El propio Puigdemont señaló que el Tribunal Supremo «no era, es, ni será» competente para «perseguir» a los políticos independentistas. «Game over», llegó a escribir en Twitter.
Noticias relacionadas