El Supremo rechaza los recursos de PP y Vox para apartar a Iglesias de la comisión del CNI

Considera que carecen de legitimidad para recurrir una disposición general sin la titularidad de un derecho ni interés legítimo

Tribunal Supremo José María Barroso

Isabel Vega

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos interpuestos por el Partido Popular y 52 diputados de Vox contra el Real Decreto que fijó la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia y en la que se otorgaba un sillón al vicepresidente Pablo Iglesias. Entiende que no tienen legitimación activa para impugnar una disposición como esta.

Según expone la sala, los partidos políticos pueden interponer recursos siempre que concurra conexión específica con su actuación o funcionamiento, como sucede en los casos de impugnaciones respecto de actos de la Junta Electoral o cualesquiera otros que afecten a su propia esfera delimitada por la defensa de sus propios derechos o intereses legítimos, pero no cuando se trate de intereses que únicamente proyecten sus efectos, como es el caso, en la esfera política.

«No se trata de un supuesto relativo al ejercicio de una acción popular y que no puede invocarse el mero interés por la legalidad o la infracción de la jerarquía normativa para justificar la legitimación activa, como en este caso al aducir la vulneración de una norma con rango de ley. Tampoco resulta relevante, en los términos en los que se invoca, que el recurso se interponga por el primer partido de la oposición», expone.

El auto explica que reconocer la legitimación de los partidos políticos y de los diputados a título individual para impugnar cualquier actuación del gobierno y de la administración (y también en los de ámbitos local y autonómicos) «equivaldría a reconocerles una suerte de acción popular encubierta, que no tienen atribuida por nuestro ordenamiento jurídico».

Como ejemplo, se refiere a sentencias de su propia Sala en las que se ha declarado la citada falta de legitimación activa de otros partidos políticos: Compromís para impugnar el acuerdo de un pleno municipal que aprobó su presupuesto anual, Izquierda Unida para impugnar un real decreto sobre enseñanza o el otorgamiento de permisos de investigación, Partido Socialista Obrero Español para impugnar una orden ministerial, y partido político Familia y Vida para impugnar el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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