Condena Artur Mas
El Supremo rebaja de dos años a uno la inhabilitación de Artur Mas por la consulta ilegal del 9-N
Equipara la condena del expresidente catalán a la de Francesc Homs y mantiene intacta de la sentencia dictada por el TSJC
El Tribunal Supremo ha reducido a un año y un mes la condena de inhabilitación impuesta a Artur Mas por la consulta del 9-N de 2014. La Sala Segunda equipara así esta condena con la de Francesc Homs por un delito de desobediencia. A diferencia del expresidente de la Generalitat, que fue juzgado por el TSJ de Cataluña, Homs lo fue en el Supremo por su condición de aforado (era diputado nacional). Este segundo juicio se celebró tres semanas después que el de Mas.
Junto con el recurso de casación de Mas, la Sala ha resuelto también los interpuestos por la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Educación Irene Rigau contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que les condenó como autores de un delito de desobediencia a las penas de multa e inhabilitación especial.
El Tribunal Supremo ha confirmado todos los pronunciamientos de la sentencia impugnada , a excepción de lo que se refiere a las penas de inhabilitación especial, que en el caso de Mas ha quedado en un año y un mes (fue condenado a dos); 9 meses para Joana Ortega (fue condenada a un año y 9 meses) y 6 meses para Irene Rigau (venía de una condena de un año y seis meses).
En su sentencia, el tribunal superior de justicia señaló que el expresidente de la Generalitat «nada hizo» para suspender o paralizar la consulta alternativa del 9-N «a pesar de tener un perfecto conocimiento del contenido y efectos» de la providencia dictada por el TC el 4 de noviembre del 2014. Con esa actitud, añadía, «pervirtió los principios de la democracia básicos para la convivencia pacífica».
El pasado mes de noviembre el Tribunal de Cuentas condenó al expresidente catalán Artur Mas , a la exvicepresidenta Joana Ortega y a los exconsejeros Francesc Homs e Irene Rigau a reintegrar al Estado 4,9 millones de euros indebidamente utilizados en la financiación de aquella consulta.
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