El Supremo confirma que Matas deberá devolver 1,2 millones de euros a Baleares
La sentencia del Alto Tribunal sobre el caso Ópera considera que el expresidente popular cometió tráfico de influencias y prevaricación al contratar al arquitecto Santiago Calatrava para que elaborase el anteproyecto de un futuro palacio operístico
La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado que el expresidente balear Jaume Matas deberá abonar a la Comunidad de Baleares la cantidad de 1,2 millones de euros en concepto de responsabilidad civil en el marco del llamado caso Ópera , que era una de las piezas separadas del caso Palma Arena . En su sentencia, el Alto Tribunal condena además al expolítico mallorquín a siete meses de prisión, 10 años de inhabilitación y al pago de una multa de 211.827 euros por los delitos de prevaricación y tráfico de influencias.
Cabe recordar que el caso Ópera trataba sobre la presunta contratación irregular del arquitecto Santiago Calatrava por parte de Matas, a principios de 2007, para que elaborase un anteproyecto para la construcción de un futuro palacio de la ópera en Palma . Dicho edificio nunca se llegó a construir . El juicio por este caso se celebró en la Audiencia Provincial de Palma en septiembre de 2017. La Sala condenó un mes después a Matas por prevaricación, imponiéndole una pena de siete años de inhabilitación y el pago de 1,2 millones de euros, pero le absolvió del delito de tráfico de influencias. Tanto Matas como la Fiscalía Anticorrupción recurrieron entonces la sentencia ante el Supremo, que ahora ha desestimado el recurso del expresidente y ha estimado parcialmente el del Ministerio Público.
Frente a lo considerado en su momento por la Audiencia Provincial, el Alto Tribunal entiende ahora que sí se cumplen los requisitos del delito de tráfico de influencias en la actuación de Matas. Dicho delito se habría producido al reclamar Matas a su entonces consejero de Educación que hiciese una propuesta al Consejo de Gobierno para hacer posible la contratación de Calatrava, que el entonces presidente autonómico previamente había acordado de forma verbal y unilateral con el arquitecto.
Calatrava fue contratado por Matas de forma directa, sin la convocatoria de un concurso público ni tampoco de un procedimiento negociado. El Govern tuvo que pagar en su momento 1,2 millones de euros por el citado anteproyecto y por dos maquetas, a pesar de que, como se ha indicado, el proyecto en sí de un palacio de la ópera no llegó a ejecutarse nunca.
Argumentación de la Sala
El Supremo destaca que Matas ideó la contratación de Calatrava como propuesta orientada a obtener un mejor resultado en las elecciones autonómicas de mayo de 2007 , mediante la presentación pública del proyecto, una presentación cuyos gastos correrían a cargo de la Administración y no de Matas o del PP balear. «Fueran los beneficios para el propio acusado Jaume Matas, o fueran para el partido político, el requisito del tipo se cumple. Además, dado que todas esas cantidades fueron efectivamente abonadas, ha de entenderse que el beneficio económico fue totalmente obtenido », añade la sentencia.
Por otro lado, como se ha indicado, el Alto Tribunal desestima íntegramente el recurso de Matas y confirma que cometió un delito de prevaricación . «La resolución es arbitraria, pues el contrato se efectuó verbalmente y de forma directa con el profesional, y tanto en ese momento como en el mismo expediente, se hizo sin que concurrieran las condiciones necesarias para acudir al procedimiento negociado sin publicidad, que tampoco se respetaron, ya que la confección del expediente se hizo en momento posterior al acuerdo y sólo como forma de dotarlo de apariencia de legalidad. El precio, 1.200.000 euros, se acordó directamente entre el recurrente y el señor Calatrava», aclara el fallo.
El tribunal tampoco estima la petición de Matas de revocar la responsabilidad civil de 1,2 millones de euros por el delito de prevaricación. Su abogado había alegado que la Comunidad de Baleares renunció a la acción civil al solicitar el sobreseimiento en la causa, en la que estaba personada como acusación particular. El Supremo contesta que la Comunidad sufragó con ese importe «los intereses electorales del recurrente», sin adquirir ni siquiera la propiedad intelectual del proyecto, que de acuerdo al contrato se mantenía en poder de Calatrava. Por ello, Matas debe pagar la citada indemnización , «para evitar que sea la Administración pública, y en definitiva, la ciudadanía, quien sufra las consecuencias de una resolución que se ha calificado como prevaricadora».
Un horizonte difícil
La mayoría de causas abiertas contra Matas han sido ya juzgadas. Precisamente, la pasada semana la Audiencia Provincial dio a conocer la sentencia de otra de las piezas separadas del caso Palma Arena, el llamado caso Over . La Sala impuso al exmandatario balear una pena global de dos años y medio de prisión por fraude y malversación, si bien dicha pena podrá ser sustituida por una multa de 18.250 euros en total. En el fallo se condenó también el ex secretario general del PP de Baleares y exconsejero de Interior, José María Rodríguez, que deberá cumplir tres años y medio de cárcel por un delito de prevaricación.
En el caso Over se investigaron diversas contrataciones presuntamente irregulares suscritas en el periodo 2003-2007 entre la agencia de publicidad Over Marketing y varios departamentos del Gobierno regional para beneficiar económicamente al citado grupo empresarial. Dichos contratos se le habrían otorgado a Over para compensar a esta compañía por trabajos electorales que había hecho en su momento para el PP y que no había llegado a cobrar.
Cabe recordar que desde junio del pasado año Matas está cumpliendo en el centro penitenciario de la localidad madrileña de Aranjuez la pena de tres años y ocho meses de cárcel que le fue impuesta por el tribunal del caso Nóos por prevaricación, falsedad y fraude. Esta es la segunda pena de prisión que está cumpliendo el antiguo dirigente del PP balear, después de haber ingresado en la cárcel por vez primera en julio de 2014 . En aquella ocasión, Matas cumplió una condena de nueve meses y un día en la prisión de Segovia por tráfico de influencias, en el marco de otra de las piezas separadas del caso Palma Arena, en concreto, por favorecer a un amigo periodista con una subvención.
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