Sancionan a Òmnium Cultural por tratar datos «ideológicos»
La Audiencia Nacional confirma una multa por crear un archivo previo al 9-N de 2014
«¿Si Cataluña fuera un Estado tendría 8.000 y 16.000 millones de euros más. ¿Cómo piensa que se deberían gastar?
—Mejorar las infraestructuras.
—Mejorar los servicios del Estado del Bienestar.
—Bajar los impuestos».
Con esta pregunta tendenciosa —que asume las tesis secesionistas sin rechistar, dando por hecho que la independencia sería rentable— los visitadores de la asociación Òmnium Cultural comenzaron cada encuesta. A bocajarro, 30.000 voluntarios visitaron «casa a casa» tres millones de domicilios repartidos por Cataluña.
Eran los meses de octubre y noviembre del año 2014, la antesala de la consulta ilegal del 9-N que condujo a la inhabilitación de Artur Mas , el entonces presidente de la Generalitat. Aquella votación antecedió al plan secesionista ilegal del 2017, cuando los gobernantes catalanes fueron más lejos que nunca con las leyes de ruptura, el referéndum ilegal del 1-O y la declaración unilateral de independencia.
Por dicha encuesta, la Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 200.000 euros que la Agencia de Protección de Datos impuso a Òmnium por tratar datos «ideológicos» de los ciudadanos catalanes sin la especial protección que merecía una información sensible, que afectó a los aspectos más íntimos de la personalidad.
El relato de hechos de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo destapa las prácticas interesadas de Òmnium, una de las dos asociaciones —junto a la Assemblea Nacional Catalana— que agitó el plan secesionista ilegal en el año 2017 en las calles, cuando el independentismo enfrentó a la sociedad catalana contra el Estado. En el momento de la encuesta sancionada, el actual presidente de la Generalitat, Quim Torra, era miembro de la junta de Òmnium , como él mismo recordó ayer en la red social Twitter.
El tratamiento de los datos de la gigaencuesta —que se desarrolló por correo postal además de a través de las visitas «puerta a puerta»— permitió concluir cuántas viviendas contestaron al cuestionario, qué puertas no abrieron o quiénes no quisieron participar, según las zonas delimitadas. Una aplicación tecnológica permitía mecanizar los resultados, que se organizaron en un fichero. Los criterios de archivo permitían localizar los datos personales y asociarlos a «un domicilio concreto» sin esfuerzo.
Una de las seis cuestiones partía de la premisa de que solo se puede renovar la democracia desde una Cataluña independiente; y otra de ellas expresa que la secesión no supondría la salida de la Unión Europea, una manipulación evidente según el derecho comunitario. Los magistrados denuncian que para rellenar la encuesta «hay que aceptar implícitamente el posicionamiento ideológico favorable a la independencia».
El carácter «sensible o especialmente cualificado» de los datos, vinculados a la ideología, requería un reforzamiento de la prestación del consentimiento para ser objeto de tratamiento, una garantía que Òmnium obvió. La Audiencia Nacional rechaza por ello el recurso de la asociación, que alegó que la información que obtuvo no eran datos ideológicos, en una sentencia fechada el pasado 20 de diciembre. La Agencia de Protección de Datos abrió una inspección al colectivo que presidió Jordi Cuixart, uno de los acusados en el juicio al «procés», y concluyó que Òmnium vulneró la normativa.
Noticias relacionadas