Las repatriaciones de menores se gestionaron por email: «Se proceda hoy mismo»
Interior niega haber dictado una orden, sólo un «ruego» al que la Audiencia Nacional, por contra, da valor de instrucción
Una carta y un correo electrónico. Esos son los únicos actos administrativos que constan como desencadenantes del proceso de repatriación a Marruecos de menores acogidos en Ceuta, de acuerdo al expediente con el que trabaja la Audiencia Nacional. «Se insta se proceda a cumplir lo previsto en el escrito desde hoy mismo », dice el email.
El contenido de la carta ya es conocido. Se trata de un escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad en el que no figura ni la firma ni el destinatario y en el que Interior «ruega» a Ceuta que comience con las repatriaciones , las mismas que la ciudad autónoma había pedido al abrigo del convenio con Marruecos para la reunificación familiar de menores solos.
La Fiscalía viene afeando que todo el proceso tenga ese escrito como única justificación y la Audiencia Nacional critica sus deficiencias, como la ausencia de firma o de destinatario, aunque tiene efectos prácticos como si fuese una instrucción porque desencadena las repatriaciones.
El email, al que tuvo acceso ABC, era sin embargo desconocido hasta ahora, pero ya está en la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional y llevaba adjunta la carta. Ahí sí figura destinatario, Kasrou Contioso, secretario de la Delegación del Gobierno en Ceuta. Incluye también una definición de la mencionada carta que contiene, a la que se refiere como «acuerdo».
«Buenos días. En respuesta a su solicitud, se remite acuerdo sobre repatriación de menores. Dada la importancia de este asunto, se insta se proceda a cumplir lo previsto en el escrito hoy mismo», dice el correo. Está fechado el 10 de agosto, igual que la carta adjunta que da vía libre a las repatriaciones.
Este es todo el expediente administrativo de las repatriaciones de menores que consta por parte de Interior, que asegura que no ha dado orden ni instrucción alguna, limitándose a rogar a Ceuta que procediese a ejecutar un acuerdo con Marruecos que la ciudad autónoma, previamente, había solicitado poner en marcha.
Para la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, la carta con ese «ruego» sí es un acto administrativo equiparable a una «instrucción» porque tuvo un efecto al desencadenar las repatriaci0nes. La cuestión es si esa misiva-orden es suficiente o no para acordar una medida que afecta a derechos fundamentales de un colectivo especialmente protegido por el ordenamiento jurídico, los menores de edad. Y si el proceso desplegado para desarrollar las previsiones de la carta se ajusta o no, a la legalidad.
Eso es lo que dirimirá la Audiencia Nacional cuando entre a analizar a fondo el recurso planteado por la Red de Inmigración y Ayuda al Refugiado, que había pedido la suspensión cautelar urgente de todas las repatriaciones pero cuya reclamación, en este sentido, no ha prosperado: La Sala aprecia que hay razones de urgencia para pronunciarse y de hecho, dice que hacerlo es de su competencia, pero el único elemento de análisis que tiene sobre la mesa es la meritada carta y el texto, como el del email, no arroja de por sí ninguna vulneración de los derechos de los menores. Entrará a analizar, no obstante, cómo se ha articulado todo el proceso.