Manuel Marín
La reforma penal más difícil
La eterna expectativa de reformar nuestra ley procesal penal para que sea el fiscal -y ya no el juez- quien investigue e instruya los casos, por ejemplo, de corrupción, asesinatos, violaciones o terrorismo, no tiene ningún perfil ideológico. De aprobarse en el futuro, será la más profunda reforma puesta en marcha en nuestro sistema judicial para asemejarnos más a numerosos países de nuestro entorno en los que el juez se dedica a juzgar -dictar sentencias- y el fiscal a investigar -instruir procedimientos-. Hasta ahora, en España el fiscal solo instruye procesos con menores de edad como protagonistas, pero el desgaste sufrido por la figura del instructor y la percepción generalizada de que España está en manos de «jueces estrella» obsesionados con lograr su relevancia mediática, convierten el cambio previsto, como mínimo, en aconsejable. Cosa distinta es que pueda llevarse a cabo en una legislatura de mayoría simple para el PP y que el proyecto definitivo cuente con la unanimidad de las asociaciones de jueces y fiscales, y del mundo jurídico en general.
Lo cierto es que tanto en la izquierda como en la derecha judicial hay partidarios y detractores de la figura del fiscal como juez instructor. La preparación técnica de ambos es idéntica en la práctica y, de algún modo, se ganaría en independencia. Incluso, contribuiría a evitar episodios de luchas fratricidas vividas en el pasado en la carrera judicial, en las que unos jueces desautorizaban a otros en función de criterios técnico-ideológicos, o por pura conveniencia, simpatía y compromiso con los intereses políticos del momento. Lo que en su día Cándido Conde-Pumpido comparó con «el polvo del camino en las togas». La distinta visión jurídica, política y social que históricamente han mantenido en la Audiencia Nacional, por ejemplo, distintas tendencias y generaciones de jueces sobre la concesión de permisos penitenciarios a etarras, o sobre el alcance y duración de las condenas, es una buena muestra de ello.
Sin embargo, la proporción entre jueces y fiscales es aproximadamente de cuatro a uno. Sería imprescindible que actuales magistrados accediesen voluntariamente a integrarse en la carrera fiscal para instruir procedimientos penales. En cierto modo, y aunque cambiase parte del régimen de recursos tal y como ahora se conoce, serían las mismas personas, realizando la misma labor… pero con otro nombre. La proporción nunca llegaría a invertirse, pero el fiscal sí cambiaría radicalmente su forma de trabajar. En primer lugar, porque habría que modificar el Estatuto del Ministerio Fiscal e impedir su dependencia orgánica del Gobierno de turno, para ganar en autonomía. Y segundo, porque su garantía de imparcialidad puede verse afectada. O no completamente garantizada. Si un fiscal instruye, debe hacerlo con la independencia y libertad jurídica de interpretación con que hoy lo hace un juez. No podrá seguir dependiendo del fiscal general de turno… No será fácil.