Las dudas que genera el recurso de Podemos ante el TC por la aplicación del artículo 155
La propia ley orgánica del Tribunal Constitucional no incluye entre las normas susceptibles de este recurso acuerdos parlamentarios como el que autorizó al Gobierno su intervención en Cataluña
A falta de ver cómo va a materializar Podemos su anunciado recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación del artículo 155 , lo cierto es que la propia ley orgánica del Tribunal Constitucional no incluye entre las normas susceptibles de este recurso acuerdos parlamentarios como el que autorizó al Gobierno su intervención en Cataluña.
Fuerza de ley
El artículo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional señala que son susceptibles de recurso de inconstitucionalidad: los estatutos de autonomía, las leyes orgánicas, leyes ordinarias, disposiciones normativas y actos del Estado con fuerza de ley, tratados internacionales, reglamentos de las Cámaras y de las Cortes Generales, leyes, actos y disposiciones normativas con fuerza de ley de comunidades autónomas y reglamentos de las asambleas legislativas de las comunidades autonómas.
El acuerdo del Senado
Si Podemos pretende recurrir el acuerdo del Senado que dio luz verde a la aplicación del artículo 155, ese acuerdo no estaría, por tanto, entre las consideradas normas con rango de ley susceptibles de ser recurridas por la vía del recurso de inconstitucionalidad, aunque la doctrina no es unánime al respecto.
Similitud
Con motivo de la huelga de los controladores se recurrió en amparo el acuerdo del Pleno del Congreso que autorizó la prórroga del estado de alarma. El TC señaló que cuando determinados actos o resoluciones parlamentarias modifican la aplicación de leyes, sí cabría impugnar esas decisiones por la vía del control de constitucionalidad de las leyes, normas y actos con fuerza o valor de ley.