El TC rechaza de plano y por unanimidad la treintena de recusaciones planteadas contra Espejel y Arnaldo

El primer Pleno del Tribunal frena el intento de los independentistas de boicotear las decisiones del 'procés' ante el riesgo de falta de quórum

Los tribunales deben ser integrados por jueces que "no tengan la mente vacía sobre asuntos jurídicos sometidos a su consideración", dice

El Pleno del nuevo TC, presidido por Pedro González Trevijano (en primer término), este miércoles Jaime García

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido rechazar de plano y por unanimidad las 33 recusaciones planteadas por los independentistas contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los magistrados frenan así en seco el intento de los condenados y prófugos del 'procés' de detener la actividad del tribunal, que se enfrentaba a la falta de quórum para resolver los asuntos relativos al desafío secesionista. Y es que a estas dos recusaciones habría que sumar la ausencia en las deliberaciones de Cándido Conde-Pumpido y Antonio Narváez, quienes se apartaron a principios de este año voluntariamente tras ser recusados por Puigdemont, y la del magistrado Alfredo Montoya, convaleciente desde el verano.

En el que ha sido el primer Pleno con la nueva composición del tribunal tras la renovación del tercio de que se produjo el pasado noviembre y con Pedro González Trevijano como presidente del órgano, los magistrados han resuelto estas recusaciones antes de pasar a examinar los asuntos que figuraban en el orden del día y que eran de perfil bajo. Se pretendía dar así un tiempo prudencial a los cuatro nuevos miembros del órgano para aterrizar en este nuevo destino y a la vez destensar las relaciones entre los magistrados después del deterioro que se produjo en los últimos plenos antes de la renovación como consecuencia, entre otras, decisiones, de las sentencias de los estados de alarma de Sánchez.

Pese al perfil político de los cuatro nuevos miembros del tribunal, solo los dos propuestos por el PP, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, habían sido recusados por Junqueras, Romeva y Bassa, por un lado, y por el expresidente Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos por otro. Los primeros alegaban la alta de imparcialidad de ambos porque sus declaraciones públicas y sus relaciones personales denotan una «clara predisposición o prejuicio favorable a las tesis defendidas por las acusaciones (del 'procés') y desfavorable, en cambio, a los planteamientos de la defensa». Puigdemont, por su parte, habla de «animadversión» de estos dos magistrados hacia los líderes independentistas y de Espejel destaca el voto particular en el que la magistrada se opuso a la absolución del 'major' Trapero.

En su resolución contraria a la tramitación de estas recusaciones, el Pleno pone de manifiesto la legitimidad de origen de los magistrados del Tribunal, al ser elegidos por los tres poderes del Estado. Es precisamente esta circunstancia la que se proyecta en la pluralidad de perspectivas jurídicas que confluyen en las deliberaciones y decisiones del órgano colegiado, expresión de la idea de pluralismo político.

La resolución expresa que no es posible excluir a los dos magistrados recusados, pues el Tribunal quedaría sin el quorum de ocho magistrados exigido para resolver. Se indica que “la salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama, y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados presentes”, “pues a la defensa de la jurisdicción del Tribunal todos sus magistrados están llamados, sin que quepa hacer distinciones entre los magistrados recusados y los abstenidos”.

"Huérfanas de todo sustento"

El Pleno, además del rechazo de los motivos de recusación basados en meras afirmaciones “huérfanas de todo sustento en hechos concretos”, descarta “que pueda fundarse una duda legítima de imparcialidad sea por la exteriorización jurisdiccional de un criterio jurídico al resolver un proceso o al discrepar de lo resuelto a través de la formulación de un voto particular, sea por las manifestaciones vertidas en publicaciones académicas o en artículos de opinión antes de haber adquirido la condición de magistrado”. "No sólo el Tribunal Constitucional sino también el resto de Tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por Jueces que no tengan la mente vacía sobre los asuntos jurídicos sometidos a su consideración”, se afirma en la resolución, cuyo contenido íntegro será conocido en los próximos días.

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