El PSOE propone multas de hasta 50.000 euros a las empresas que ataquen la igualdad entre hombres y mujeres
El nivel de sanciones más elevado se contempla para situaciones en las que se despida a mujeres embarazadas o víctimas de la violencia de género
El Grupo parlamentarios socialista en el Congreso de los Diputados ha registrado hoy una proposición de ley en materia de igualdad laboral entre hombres y mujeres que contempla un régimen de sanciones que contempla multas de hasta 50.000 euros para las compañías que cometan los supuestos más graves en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres
La vicesecretaria general del PSOE y portavoz adjunta en el Congreso, Adriana Lastra, y la secretaria de Igualdad del partido, Carmen Calvo, han sido las encargadas de registrar en el Congreso el proyecto de ley para la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia laboral y ocupacional. Esta es la segunda norma que presentan los socialistas en el marco de los «diez acuerdos de país» propuestos por el secretario general, Pedro Sánchez, y en el que uno de los puntos es lograr un acuerdo por la igualdad de género.
La ley incorpora un régimen de infracciones y sanciones. Se consideraría leve por ejemplo «no realizar ningún estudio o análisis para constatar la existencia de situaciones patentes de desigualdad de hecho de las mujeres respecto de los hombres con motivo de la negociación de un convenio colectivo» u «obstaculizar el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral» . O también «incumplir el principio de composición equilibrada de las comisiones negociadoras, descendiendo del 40% la presencia de personas de alguno de los dos sexos». Las leves, en su grado mínimo, con multas de 60 a 125 euros; en su grado medio, de 126 a 310 euros; y en su grado máximo, de 311 a 625 euros.
Sería una infracción grave «impedir la suspensión de la prestación de las personas trabajadoras autónomas por razón de embarazo, parto, nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento, temporal o permanente». Las infracciones graves se castigarían con multa, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.
Algunas de las infracciones muy graves serían «el despido de la trabajadora víctima de violencia de género por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva», «la extinción del contrato de trabajo durante el periodo de prueba por razón de embarazo o maternidad» o «incumplir el principio de composición equilibrada de las comisiones negociadoras de los convenios colectivos, descendiendo del 20% la presencia de personas de alguno de los dos sexos». Las infracciones muy graves se sancionarán con multa, en su grado mínimo, de 6.251 a 12.500 euros; en su grado medio de 12.501 a 25.000 euros; y en su grado máximo de 25.001 euros a 50.000 euros.
Los grados de infracción mínimo, medio y máximo «se graduarán en atención a la negligencia e intencionalidad del sujeto infractor, fraude o connivencia, incumplimiento de las advertencias previas y requerimientos de la Inspección, cifra de negocios de la empresa, número de personas trabajadoras o de beneficiarias afectadas en su caso, perjuicio causado y cantidad defraudada».
La propuesta socialista plantea que «los poderes públicos deberán cumplir con el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad en los órganos con competencias o funciones en materia de empleo».
La norma contempla la creación se crea la Oficina Estatal de Lucha contra la Discriminación por razón de sexo en el empleo y la ocupación. Este nuevo ente dependería de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social. Esta Oficina impulsará la inspección en las empresas en los relativo a la igualdad de trato. Además, dentro de sus funciones se les podrá encomendar la tramitación, pero también la resolución, de posibles expedientes sancionadores.
Aunque la norma no habla de cuotas estrictas de género, la norma si plantea en diferentes aspectos el principio de presencia equilibrada, abogando entre otros aspectos por que «la composición del consejo de administración de las sociedades obligadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias deberá cumplir con el principio de presencia equilibrada a partir del año 2023».
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