El protocolo para casos como el de Delcy Rodríguez reclusión, expediente y devolución a su país

La intervención en Barajas de Ábalos evitó que los policías del puesto fronterizo llevaran a cabo un rechazo en frontera

Delcy Rodríguez, vicepresidenta de Venezuela REUTERS

EP

La intervención en el aeropuerto de Madrid-Barajas del ministro de Transportes y secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos , evitó que los policías del puesto fronterizo llevaran a cabo un rechazo en frontera en virtud a las sanciones europeas que pesan contra la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez , lo que hubiera obligado a abrir expediente quedando recluida en una sala bajo custodia policial hasta regresar a su país de origen «con la mayor brevedad posible».

Según explican a Europa Press fuentes policiales, el protocolo del Ministerio del Interior establece que los policías de frontera tienen que dejar constancia de la denegación de entrada en España mediante una «resolución motivada y notificada». En lugar de esto, la dirigente venezolana pasó la noche en Barajas y, a primera hora del lunes, cambió de terminal para coger otro vuelo y seguir con la agenda prevista en Turquía, haciendo escala en Doha .

Dicha resolución, según subrayan fuentes de Interior, no se tramitó porque la «número dos» de Nicolás Maduro «no llegó a ser rechazada en frontera puesto que no entró en territorio nacional». Fuentes del Ejecutivo de Pedro Sánchez lo han explicado este martes de esta forma: «Si Ábalos no hubiese intervenido, la policía de frontera la habría rechazado».

El protocolo de Interior establece que «los extranjeros a los que en frontera se les deniegue la entrada estarán obligados a regresar a su punto de origen». «Al denegarle la entrada -recoge la norma- deberá permanecer en las instalaciones destinadas al efecto en el puesto fronterizo hasta que, con la mayor brevedad posible, retorne al lugar de procedencia o continúe viaje hacia otro país donde sea admitido».

Si el regreso se retrasa más de setenta y dos horas, el protocolo fija que es la autoridad que hubiera denegado la entrada la que se tiene que dirigir al juez de instrucción «para que determine el lugar donde hayan de ser internados hasta ese momento».

«Los lugares de internamiento para extranjeros no tendrán carácter penitenciario y estarán dotados de servicios sociales, jurídicos, culturales y sanitarios «, establece la norma, que también obliga a comunicar esta situación al Ministerio de Asuntos Exteriores y a la embajada o consulado de su país.

El protocolo de extranjería establece requisitos sanitarios y también económicos, así como que el interesado que pretenda entrar en territorio español lo haga «por los puestos habilitados al efecto». Le obliga asimismo a «hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje en vigor que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas».

El documento de viaje deberá tener una validez mínima de tres meses posteriores a la fecha prevista de salida de territorio Schengen y deberá haber sido expedido dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada. «Salvo en los casos en que se establezca lo contrario en los convenios internacionales suscritos por España o en la normativa de la Unión Europea, será preciso, además, un visado», recoge la norma.

No obstante, también se hace mención a la posibilidad de autorizar la entrada de los extranjeros que no reúnan los requisitos establecidos «cuando existan razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o cumplimiento de compromisos adquiridos por España».

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