Los presos del procès no podrán beneficiarse del control telefónico en sus domicilios
Para que los internos beneficiados del 100.2, entre los que se encuentran, puedan hacerlo, tendría que haberlo autorizado previamente el juez en su plan de tratamiento individualizado
Coronavirus en España | Últimas noticias en directo: Esperanza Aguirre hospitalizada
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias aclaró ayer en un comunicado que sólo aquellos presos acogidos al régimen flexible del 100.2 a los que el juez hubiera autorizado antes en su plan de tratamiento individualizado la posibilidad de tener un control telemático en sus casas puede acogerse a las nuevas medidas aprobadas. Con esta precisión queda descartada la posibilidad de que los presos del procès puedan cumplir la pena en sus domicilios mientras dura la crisis del coronavirus.
En ningún caso se puede entender, por otra parte, que la posibilidad de que los presos en tercer grado de los Centros de Inserción Social (CIS) y las secciones abiertas de los centros penitenciarios sea debido a que se quiera «vaciar las cárceles», ya que esa posibilidad de control telemático ya existía antes de la crisis . Lo único que se hace ahora es permitir que las juntas de tratamiento, cuando lo consideren oportuno, puedan conceder esa posibilidad a más reclusos en régimen abierto sin que haya que esperar a la instalación de los dispositivos telemáticos en los domicilios , ya que sería sufciente con un control telefónico.
Obviamente, con esta medida, como ha informado ABC, se abre la puerta a que algunos presos, muy determinados y que en su gran mayoría están en la última fase de su condena, dejen de entrar en prisión, de modo que pueda haber más espacio para aislamientos en los centros penitenciarios . Pero en ningún caso se trata de sacar los presos a la calle.
En un comunicado, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias recuerda que «la modalidad de cumplimento de un tercer grado es competencia de las juntas de tratamiento (...). La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no puede ordenar -ni ha ordenado- que se envíe a los clasificados en tercer grado a finalizar su condena en casa «.
«Con la crisis del coronavirus, -añade Prisiones- muchos CIS y muchas secciones abiertas de la Administración General del Estado han optado por incrementar la concesión del artículo 86.4 con el fin de que -solo en aquellos casos en los que es posible, no en todos los casos- los internos en tercer grado puedan cumplir su condena con pulsera telemática desde casa. Ante ese incremento, la Secretaría General de Instituciones Penitenciaria envió ayer un escrito a esos establecimientos explicando que, mientras se adquieren nuevos dispositivos telemáticos, el control del cumplimiento en casa se puede realizar vía telefónica «.
Como ya ha informado ABC el escrito, remitido ayer desde la Dirección General de Ejecución Penal, contempla otras medidas para CIS y secciones abiertas, entre ellas la posibilidad de que se enlacen permisos de salida a los internos en tercer grado , ya que estos forman parte de su régimen de vida, o que el control de los liberados condicionales se pueda hacer también vía telefónica, previa comunicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
Por otra parte, esta misma mañana Prisiones ha ordenado el cierre definitivo de todos los talleres productivos de empresas externas . Hasta ahora se había reducido al máximo su actividad, pero ahora se paraliza por completo, de modo que ya solo quedan abiertos los talleres que gestiona la propia administración penitenciaria. Esta medida supone que muchos reclusos se sumen a los que la crisis está obligando a pasar muchas horas muertas de patio como consecuencia de la reducción al mínimo de la actividad tratamental.
Noticias relacionadas