El TSJ ordena a TVE readmitir al guionista despedido por un rótulo sobre la Princesa Leonor
«Se marcha de España, como su abuelo», decía el texto que acompañaba a una pieza sobre los estudios en Gales de la Princesa
El guionista que fue despedido tras rotular una información con la frase «Leonor se va de España, como su abuelo» durante el espacio de TVE 'La hora de la 1' tendrá que ser readmitido porque aquel cese vulneró su libertad de expresión, la que expresó sin cruzar el límite de la injuria con aquel comentario.
Es la conclusión a la que ha llegado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que estima el recurso del guionista contra la sentencia previa que daba la razón a RTVE y la productora del magacín matinal, Mediatso, en que el cese estaba justificado.
El rótulo acompañaba una información sobre la entrada de la Princesa Leonor en un colegio privado en Gales y aunque para la Sala aquella frase fue «una apostilla claramente inapropiada e impertinente , que lejos de aportar algo a la noticia la enturbió y ensombreció desviando injustificadamente la atención hacía un aspecto objetivamente lesivo, no de la reputación de la Infanta, sino de la imagen de la familia de la que forma parte», no contenía ninguna información que constituya una injuria.
« El texto era sesgado , pues la marcha de España de su ascendiente se produjo por causas radicalmente diferentes a aquella, atinente a su nieta, de la que daba cuenta el reportaje, sin que su empleo pueda justificarse con el argumento de que en una televisión pública han de tener cabida todas las opiniones presentes en la sociedad española pues el actor no intervenía en el programa en calidad de 'tertuliano' sino como guionista en el marco de una relación laboral de servicios», expone la sentencia.
Sin embargo, la Sala apunta que «sin negar la trascendencia nociva de la asimilación efectuada, su significado e impacto deben relativizarse» teniendo en cuenta, por un lado, que el rótulo «ponía claramente de manifiesto el sentido de la noticia que se estaba emitiendo sin dejar espacio a dudas razonables, permitiendo diferenciar con nitidez el contenido informativo de la figura retórica».
Por otro lado, que «no puede entenderse razonablemente que a través del rótulo se pusiese realmente en tela de juicio la probidad de la Princesa, con ánimo de ofensa, y que su inserción redundase en menoscabo de su dignidad personal reflejada en la consideración de los demás y en el sentimiento de la propia persona».
Un espacio de crónica social
Además, la sentencia tiene en cuenta que el rótulo se emitió en el espacio de c rónica social de un magacín, no en un informativo , lo que conlleva «un e nfoque más distendido de las noticias, orientado al esparcimiento o distracción de la audiencia más que a provocar la reflexión o alcanzar otros objetivos».
En cuanto al cese, la Sala recuerda que un contrato laboral no priva de derechos al trabajador y así lo tiene dicho el Tribunal Constitucional. En este caso, habría hecho uso de su libertad de expresión sin quebrantar otros concernidos como el derecho al honor de terceros.
«Sin perjuicio del juicio crítico que pueda merecer el rótulo por carácter simplista, burdo y tendencioso, no transgredió los límites del derecho a la libertad de expresión admisible en la relación laboral. Así se desprende de la consideración conjunta del texto del rótulo como de las circunstancias que rodearon su actuación», dice el tribunal.
Declara la nulidad del despido y ordena su « reincorporación inmediata en calidad de trabajador indefinido no fijo», con abono de las nóminas impagadas desde el cese y una indemnización de 10.000 euros por daños morales.
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