¿Qué ocurre si no se aprueba la prórroga del estado de alarma?
Todas las normativas que han vinculado su vigencia al estado de alarma decaerían y el Gobierno perdería las herramientas para garantizar el cumplimiento de su plan de desescalada
Cuándo se aprobó el primer estado de alarma en España
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez , solicitó el pasado sábado la cuarta prórroga del estado de alarma , vigente desde el 14 de marzo. Esta forma jurídica excepcional que contempla la Constitución en su artículo 116 no se prolongará si el Gobierno no logra el apoyo de una mayoría simple en el Congreso de los Diputados. ¿Qué ocurriría entonces?
Sobre el papel, todas las normativas que han vinculado su vigencia al estado de alarma decaerían . En consecuencia, el Gobierno dejaría de asumir el «mando único» en la gestión de esta crisis y los ministros de Interior, Defensa, Transportes y Sanidad ya no podrían dictar órdenes extraordinarias que afecten a todo el territorio nacional. El confinamiento generalizado y la prohibición de desplazarse entre provincias también dependen de la vigencia del estado de alarma. Si no se prórroga, las Comunidades Autónomas retomarían las competencias sanitarias y podrían tomar medidas distintas para hacer frente a la pandemia. El Gobierno no tendría las herramientas para garantizar el cumplimiento de su plan de desescalada. «Es imprescindible para la fase de desescalada, no hay alternativa posible» , afirmó el ministro de Sanidad, Salvador Illa , acerca de la prórroga del estado de alarma.
La situación laboral es otro aspecto problemático. Si el estado de alarma decae, todas las ayudas a empresas y trabajadores se vendrían abajo, incluidos los ERTE , a los que se encuentra acogidos actualmente más de cuatro millones de trabajadores. Algunas fuerzas políticas, como PP, Ciudadanos y PNV, han pedido al Gobierno desvincular de manera precisa los ERTE del estado de alarma . El real decreto del 17 de marzo, que recoge las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus, que regular los expedientes de regulación temporal de empleo, indica que «estarán vigentes mientras se mantenga la situación extraordinaria derivada del Covid-19 ».
Desde la oposición se cree que en la legislación ordinaria hay otras normas que pueden servir para hacer frente a una desescalada con seguridad y garantías desde el punto de vista sanitario, sin necesidad de recurrir al estado de alarma. Existen alternativas para limitar la movilidad de los ciudadanos, por ejemplo mediante la aplicación de las leyes de Salud Pública y de Medidas Especiales en materia de Salud Pública . Esta norma indica en su artículo tercero que «la autoridad sanitaria podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible».
La ley de Seguridad Nacional , por otra parte, regula en su artículo 23 las situaciones que requieran «la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias». Sin embargo, la envergadura de la crisis sanitaria genera incertidumbre sobre la posible aplicación de estas normas en todo el conjunto de la población. Ninguna permitiría al Ejecutivo mantener su senda actual que algunos juristas consideran más propia de un estado de excepción que de alarma.