Multas de entre 600 y 1.500 euros por incumplir las normas del paseo con niños
Miles de ciudadanos denunciaron numerosos casos de supuestos incumplimientos en los paseos de los menores de 14 años
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Miles de ciudadanos denunciaron ayer en redes sociales numerosos casos de supuestos incumplimientos en los paseos de los niños , permitidos desde el domingo en toda España como primera medida hacia el desconfinamiento del coronavirus.
En algunas de las imágenes, por ejemplo, se puede ver la plaza de Felipe II de Madrid llena de menores con patinetes o bicicletas, en otras, parques plagados también de niños jugando al fútbol, o, incluso, playas como las de Masnou o la Barceloneta -ambas en Barcelona- como si fuera directamente el inicio del verano.
Después de 42 días seguidos en casa a cuenta del coronavirus, muchos españoles salieron a la calle con sus hijos mejores de 14 años sin cumplir la norma que prohíbe las salidas de dos adultos con el niño en lugar de uno o la socialización con otras personas.
El incumplimiento de las normas establecidas para el paseo con niños podría conllevar sanciones desde 601 euros , según advierte Legálitas basándose en la Ley de Seguridad Ciudadana, y entendiendo que estas multas irán en la misma línea que el resto de las sanciones por no acatar las restricciones de movilidad que hasta el momento se están tramitando.
Según la orden del Ministerio de Sanidad, los niños menores de 14 años pueden dar un paseo al día de no más de una hora a menos de un kilómetro de su domicilio supervisados por un único adulto que conviva con ellos -puede ser la madre, el padre o un hermano, por ejemplo-. No pueden salir quienes tengan síntoma o hayan tenido contacto con una persona contagiada.
La compañía de seguros y servicios jurídicos precisa que podrían conllevar una sanción de 601 euros las siguientes conductas: salir con los niños antes o después del toque de queda (el horario permitido es de 9.00 a 21.00 horas); salir con un número de niños superior a los tres permitidos; acceder a parques infantiles, o estar a más de 1 kilómetro de distancia del domicilio.
La cuantía de la multa, según señalan, podría aumentar hasta los 1.500 euros si se aprovecha el paseo con el niño para reunirse con otros padres o madres de otros niños a charlar o compartir el paseo. También podría aumentar la sanción, según añaden, si el paseo se hace a muchos kilómetros de distancia de la vivienda, visitando algún lugar periférico.
Para estimar estas sanciones, Legálitas se basa en la Ley de Seguridad Ciudadana, concretamente, en el artículo 36.6 de dicha norma en el que se considera una infracción grave la «desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones». Si bien, señala que, según la Abogacía General del Estado, tiene que existir necesariamente un requerimiento expreso e individualizado por parte del agente de la autoridad que no resulte atendido, es decir, que no puede ser calificado automáticamente como infracción.
Según los abogados de Legálitas, las multas que hasta el momento han llegado a los ciudadanos por desobedecer el estado de alarma, «suelen encontrarse en lo más bajo de esa franja, es decir, en los 601 euros». En todo caso, precisan que las sanciones dependen de la gravedad de los hechos, y que «un agravante es salir en compañía de otras personas».
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