La Justicia absuelve al magnate Aristrain al no ver probado que simulase vivir en Suiza

La Fiscalía y la Abogacía del Estado pedían cuarenta años de prisión pero el tribunal no ve acreditado que simulase vivir en Suiza

El industrial José María Aristrain durante el juicio en la Audiencia Provincial EP

Isabel Vega

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al magnate del acero José María Aristrain, una de las mayores fortunas de España, al no encontrar acreditado que él y cuatro de sus empresas incurriesen en un fraude fiscal superior a 184 millones de euros que habría consistido en fingir que residía en otro país para eludir el pago de impuestos.

En concreto, la Fiscalía sostenía Aristrain, con «el único objeto de no cumplir con sus obligaciones fiscales para con el Erario Público español, mediante un montaje puramente artificial, procedió a la deslocalización tanto de su domicilio fiscal como de sus participaciones sociales y así no tributar ni por su renta personal en el IRPF ni por su patrimonio ni por los dividendos y plusvalías».

«Todo ello a pesar de que en el periodo comprendido entre el año 2.005 y el año 2.009 residía en territorio español, donde mantenía sus relaciones económicas y personales más relevantes », decía el Ministerio Público. Cifraba el «perjuicio» para la Hacienda Pública cerca de 185 millones de euros. Pedía 40 años de prisión y multas millonarias, en línea con la Abogacía del Estado, que apreciaba diez delitos fiscales y solicitaba cuatro años de cárcel por cada uno.

Sin embargo, tras el juicio celebrado los pasados meses de octubre y noviembre, la Audiencia Provincial no ha llegado a la misma conclusión. Considera acreditado que hasta el año 2006, José María Aristrain presentó en España las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre el patrimonio, consignando como vivienda habitual un domicilio en Madrid, mientras que en 2008 y 2009 comunicó que desde 2006, su residencia fiscal estaba en Suiza.

A partir de aquí, los magistrados no ven probado que existiese esa maniobra que apuntaban las acusaciones porque no hay evidencias sólidas de que durante ese periodo en que declaraba ser residente en Ginebra estuviese realmente viviendo en España , -más de 183 días en un mismo año, según la legislación-.

Contradice el cómputo de la AEAT

De hecho, los magistrados exponen que «no se ha practicado prueba alguna dirigida a acreditar que el acusado permaneciera en España más de 183 días en el año 2006 o en el 2009» porque sólo se han abordado en el juicio los dos años intermedios , que son de los que constaba documentación que intervenida en las entradas y registros y analizada por la Agencia Tributaria, como los partes de sus escoltas y billetes de avión.

El tribunal entiende que ni en eso, se ha conseguido acreditar su residencia en el país porque «por lo que respecta al año 2007, el propio informe de la AEAT c onsidera que no puede acreditar más de 169 días » y en lo que concierne a 2008, el tribunal sólo ve acreditado que Aristrain estuvo 173 en España.

«La prueba practicada es insuficiente y no permite tener por acreditado que el acusado simulara un traslado de su residencia habitual durante los años 2005 a 2009 (...) por lo que pierden toda base fáctica los delitos de defraudación tributaria que fundamentan la acusación: si no ha sido acreditado que fuera residente en España, ni que dirigiera desde Madrid dicha sociedad, no hay motivo para considera que estaba obligado a tributar en razón de tales impuestos», dice la Audiencia Provincial, que acuerda su absolución.

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