El juez mantiene cerrado el «caso Faisán» y rechaza que declare el número 2 de Rubalcaba

La AVT y Dignidad y Justicia, primero, y el comisario Villarejo después, pedían que Antonio Camacho y Víctor García Hidalgo fueran investigados

El bar Faisán en Irún

Isabel Vega

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El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, José De la Mata, ha denegado la petición de reabrir el sumario del 'caso Faisán' y tomar declaración al que fue número 2 del ministro del Interior Alfredo Pérez Rubalcaba, Antonio Camacho; y el exdirector general de la Policía Víctor García Hidalgo, en un auto notificado este miércoles. El caso, así, sigue archivado.

El 'caso Faisán' investigó un chivatazo en mayo de 2006 que frustró una operación policial contra la red de extorsión de ETA en el bar del mismo nombre en Irún , movimiento por el que acabaron condenados por un delito de revelación de secretos en 2013 el exjefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y el inspector José María Ballesteros. Camacho no llegó a ser imputado y García Hidalgo, aunque investigado, no fue procesado.

En el año 2017, el Director Adjunto Operativo de la Policía Nacional con el PP Eugenio Pino, reveló en una entrevista que bajo su mando encargó una serie de informes elaborados en el Ministerio del Interior por la Brigada de Análisis y Revisión de Casos (BRAC) que estaban en un cajón. Eran tres. Uno, sobre el 'caso Faisán'.

La Asociación de Víctimas del Terrorismo solicitó que se recabase aquel informe y se practicasen más diligencias, entre ellas la toma de declaración de Hidalgo y Camacho. También la asociación Dignidad y Justicia y el Partido Popular promovieron iniciativas en este sentido, tal y como resume el auto del juez De La Mata. Fiscalía, por su parte, negó siempre la procedencia tanto de volver a llamar al primero como de involucrar al segundo.

La gota que colmó el vaso la puso el comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo, que a finales de 2019, envió un escrito al Central 5 en el que se querellaba contra los dos por delitos de colaboración con organización terrorista, entre otros delitos . Pedía declarar porque decía tener información a través de las revelaciones que le hizo un tercero, el exjefe de la Unidad Central Adjunta Operativa de la Policía Nacional, Enrique García Castaño.

Ahora, el juez repasa lo pedido y lo actuado desde los primeros escritos pidiendo diligencias y concluye que no ha lugar a ninguna porque la reapertura de una causa requiere de «una variación sustancial de las circunstancias conocidas al momento de ordenarse la crisis provisional, ya sea por la aparición de nuevos hechos o por la posibilidad de práctica de nuevas diligencias de las que no se disponía al momento en que se decidió« y «no se dan ninguna de las dos variable».

Un informe policial cinco años oculto al juez

«En realidad, de lo único que se dispone es de un informe policial de inteligencia que realizar un nuevo análisis de los elementos indiciarios de que ya se disponía. Un informe policial cuya existencia fue ocultada durante cinco años a la autoridad judicial, y que sólo fue entregado en el Juzgado tras un firme requerimiento judicial«, dice en relación al mencionado trabajo de la BRAC.

En cuanto a la petición investigar a Camacho, el juez le exime de implicación. Considera que «el mero hecho de que conociera el desarrollo previsto de la operación policial no constituye un indicio insuficiente de su participación en los hechos» pues « la constatación« de que se produjeron llamadas entre él y García Hidalgo , asunto que se omitió en los informes policiales del caso, «no aporta más dato que el ya conocido de su mera existencia».

Mismo parecer apunta sobre la petición de volver a llamar al exdirector general de la Policía por sus llamadas con el sí condenado Pamiés. « No es base suficiente para sustentar una nueva hipótesis incriminatoria contra esta persona , máxime cuando no consta la transcripción de estas conversaciones que acredite su contenido real y cuando ambos han negado (en el caso de Pamiés pese a su condena firme y declarando ya en calidad de testigo), que trataran sobre la filtración«. La Asociación de Víctimas del Terrorismo recurrirá su decisión.

El juez, que rechaza con los mismos argumentos llamar a otros policías cuya imputación había sido solicitada por las distintas partes, se refiere en último lugar a las supuestas revelaciones de Villarejo: «La denuncia formulada es una miscelánea de distintas cuestiones variadas, que incluye un relato de distintos hechos que constan en el sumario, noticias de prensa, opiniones y conclusiones propias, especulaciones más o menos aventuradas , afirmaciones estrambóticas, referencias personales irrespetuosas, y juicios de valor de todo tipo sin el más mínimo fundamento objetivo«.

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