El juez archiva la investigación por imprudencia al embajador español en Kabul por el atentado de 2015

Pedraz reconoce que España debió mejorar la seguridad para prevenir el ataque, en el que murieron dos policías españoles

Santiago Pedraz, magistrado de la Audiencia Nacional José Ramón Ladra
Luis P. Arechederra

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado la investigación al embajador español en Kabul, Emilio Pérez de Agreda Saez , al descartar que sea responsable de los fallos de seguridad en la legación española, en la que murieron dos policías en diciembre de 2015 por un atentado talibán. El magistrado reconoce que España «debió mucho antes adecuar las medidas de seguridad», pero descarta que el embajador y su segundo, Oriol Solá , que también estaba imputado, sean los responsables de ello.

En un auto, Pedraz acuerda el sobreseimiento libre -el definitivo, que impide reabrir la causa- de la investigación contra el embajador y su segundo , al no poder concluirse que ellos sean «responsables de delito alguno». El juez sostiene que no se puede atribuir «una responsabilidad criminal» a Pérez de Agreda y Solá, ni siquiera por imprudencia, «por una posible omisión del Estado». La embajada española en Kabul se encontraba fuera del espacio de seguridad de la capital de Afganistán, por lo que era un objetivo especialmente vulnerable frente a posibles atentados de los grupos talibanes, relata el magistrado.

El embajador y su segundo funcionan como «la máxima autoridad de una misión diplomática en el exterior y deben velar por la seguridad e integridad de los ciudadanos», señala el juez, quien matiza que aun así no se les puede considerar como «expertos en seguridad». «Los medios materiales como la determinación del equipo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad compete al Estado», añade el juez en la resolución. Pérez de Agreda y Sola carecen de los «debidos conocimientos» de seguridad, con lo que no se les puede otorgar la responsabilidad de garantes y la capacidad para evitar el resultado, ni siquiera a pesar estar alertados.

El aviso de los servicios de información franceses, que aquello mañana advirtieron del riesgo de un atentado , se expresó en términos genéricos y no se refirió a la embajada española, sino a embajadas en la zona verde, fuera del perímetro de seguridad, o próximas, explica también el magistrado en el auto. El embajador y su segundo no pudieron evitar con sus acciones «el desgraciado siniestro», concluye el juez.

Este atentado, un ataque contra la embajada española, tuvo lugar el 11 de diciembre de 2015 y provocó la muerta del subinspector de la Policía Nacional Jorge García Tudela y del policía nacional Isidro Gabino Sanmartín. Los querellantes (familiares de uno de los fallecidos y de algunos de los heridos) alegaron que el embajador y su segundo no atendieron las peticiones de mayor seguridad.

Los querellantes argumentaron que la embajada contaba con carencias en materia de seguridad desde su construcción en 2008, deficiencias que fueron comunicadas al embajador y al Ministerio de Asuntos Exteriores. A pesar de las peticiones de mayor seguridad, el embajador «nunca las atendió: ni sobre las deficiencias de estructuras ni las rutas y horarios del personal, manteniendo un mutismo absoluto en el Ministerio del que depende pese a los informes del Cuerpo de Seguridad en la materia», según la querella.

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