Fin a la investigación sobre el embargo de Intervida que dirigió el juez Garzón

La Audiencia de Barcelona confirma el archivo del caso impulsado por uno de los fundadores de la entidad

Fue exonerado, pero no restituido y denunció al magistrado y los administradores judiciales

Registros en la Fundación Intervida en julio de 2007 ABC

Isabel Vega

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado el archivo de la causa impulsada por el cofundador de Intervida, Rafael Puertas, para que esclarecer qué ocurrió con la fundación, que llegó a ser la más importante de España y a manejar un patrimonio multimillonario con un modelo de apadrinamiento hasta que una querella de la Fiscalía por estafa, apropiación indebida y administración desleal desencadenó el principio del fin en el año 2007. El tribunal descarta indicios de delito en la gestión de la entidad mientras estuvo bajo control de la Audiencia Nacional.

Aquella querella fue instruida por el entonces magistrado del Juzgado Central 5, Baltasar Garzón , que quitó las riendas a los administradores de Intervida. La entidad siguió funcionando durante las pesquisas, pero intervenida desde un juzgado de Barcelona y con un patronato designado por la Generalitat de Cataluña. Cinco años después, el juez Pablo Ruz, que reemplazó a Garzón cuando fue apartado y asumió las pesquisas, llegó a la conclusión de que no había indicios de delito. Los administradores de la entidad quedaron así exonerados, aunque nunca volvieron a sus puestos en Intervida, que había ya hasta cambiado de nombre (Educo). Era 2012.

Al inicio, Puertas hizo amago de litigar contra el Protectorado de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña, que nombró a la cúpula directiva de la entidad no estando ya bajo control judicial. Pero fue en 2017 cuando presentó la denuncia por la vía penal por prevaricación de magistrado , administración desleal, denuncia falsa, tráfico de influencias, apropiación indebida y estafa, entre otros. Ahí empezó una batalla que se ha prolongado hasta ahora y que todavía tiene camino por recorrer. Tras el portazo de la Audiencia Provincial a seguir investigando, su defensa, que ejerce sin ánimo de lucro Vosseler Abogados, ha anunciado un recurso en casación ante el Tribunal Supremo.

Han pasado así diez años desde que los gestores de Intervida fueron exonerados y cinco desde que Puertas buscó responsabilidades en vía penal. Y desde ese momento, el grueso del tiempo transcurrido lo ha sido porque los juzgados de Madrid y Barcelona no se ponían de acuerdo en quién debía asumir el asunto.

La denuncia se dirigía, por un lado, contra los administradores judiciales de Intervida, los patronos que les sucedieron y el cargo del Protectorado de Fundaciones de la Generalitat que les nombró, y, por otro, contra Baltasar Garzón por prevaricar en la investigación . Sostenía que se alargó deliberadamente para que el mandato de los fundadores caducase y se justificara después, que perdiesen definitivamente el control. Y todo, para vaciar el patrimonio de Intervida.

Tras varias idas y venidas, el asunto recayó en el juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona, que al cabo de unos meses decidió cerrar el caso sin tomar siquiera declaración a los denunciados. La Audiencia Provincial de Barcelona obligó a la juez a seguir investigando en 2019 y practicar aunque fuese esas diligencias mínimas. La instructora se centraba sólo en los administradores judiciales y quienes les sucedieron como patronos, porque lo tocante a la gestión de Baltasar Garzón fue denostado desde casi el inicio.

Una vez oídos en declaración el denunciado del Patronato de Fundaciones de la Generalitat, al que Puertas señalaba además por amenazas; y a los tres administradores judiciales que tuvo Intervida, la juez de Barcelona acordó archivar el asunto en junio del año pasado. Puertas pedía llamar al menos a un testigo, al que se convocó sin éxito porque estaba en México pero una vez localizado, iba a declarar. Su pretensión no fue atendida y ahora, la Audiencia Provincial concluye que no era necesario.

Que acabase en nada no significa prevaricación

En una dura resolución, confirma la posición de la juez del caso porque entiende que «las diligencias practicadas descartan unánimemente la acreditación del uso torticero del Derecho » del cargo señalado de la Generalitat de Cataluña, Santiago Ballester, como tampoco «tienen visos» de ser prevaricadoras las resoluciones que dictó para nombrar patronos de Intervida, «por más que el recurrente se empecine en sugerir (sin apoyo probatorio alguno) lo contrario». Puertas decía que había nombrado a sus amigos, pero la Provincial no ve «ninguna sugerencia concreta sobre vinculación directa o indirecta» entre ellos.

Asegura además que «el Grupo Intervida y sus Fundaciones siguen a día de hoy en funcionamiento y no consta la pérdida de sus fondos» y, sobre los ilícitos que habrían cometido los administradores judiciales durante la tramitación de la causa en la Audiencia Nacional, descarta igualmente que haya pruebas. «El hecho de que finalmente se concluyese que no había suficientes indicios de esa desviación de fondos, no sirve para afirmar que la actuación de los administradores judiciales o del magistrado instructor fue irregular, prevaricadora y fraudulenta», señala.

Para la Audiencia Provincial de Barcelona, este procedimiento «no puede ser una revisión general o una revancha frente a los daños que personalmente a él o bien a la Fundación, tal y como él y otros la concibieron, puede haberles reportado la investigación judicial». «Para su incoación había motivos que luego devinieron insuficientes o no demostrados. Durante su curso se tomaron decisiones que pese a ser recurribles supusieron una intervención invasiva en las fundaciones y en sus filiales o estructuras paralelas . Todo ello es cierto, pero nada de ello implica ni que tales decisiones no estuvieran justificadas ni que deba tildarse de prevaricadores o gestores desleales a quienes las tomaron o sometieron a autorización judicial», concluye el tribunal.

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